Magistrados del PJ resultaron “pitonisos”: CJEF

Piden a TEPJF revocar sentencia al Ejecutivo

La dependencia señala que hay una carencia argumentativa por la acusación de la coacción al voto; aseguran que no realizaron un estudio pormenorizado de los señalamientos

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en imagen de archivo.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en imagen de archivo. Foto: Cuartoscuro

Al calificar de irresponsables a los magistrados de la Sala Especializada del Tribunal Electoral, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) presentó otro recurso de revisión para que la Sala Superior revoque la sentencia en contra del Presidente Andrés Manuel López Obrador, al cual responsabilizó de intervenir y coaccionar el voto en las elecciones del 2 de junio.

Denunció que los magistrados Luis Espíndola, Rubén Lara y Mónica Lozano, resultaron “pitonisos”, al considerar que las manifestaciones vertidas por el mandatario federal durante las conferencias del 9 y 11 de mayo, tenían como intención establecer un mecanismo de presión para dirigir el sentido del voto de la ciudadanía.

Expuso que es falsa la línea de argumentación que supuestamente empleó el mandatario para condicionar la vigencia o beneficios de los programas sociales y que una determinada opción política obtuviera el triunfo en el proceso electoral.

“Se hace un nuevo llamado a los magistrados electorales a efecto de que sus resoluciones se sustenten en pruebas, y no en suposiciones personales”, agregó la CJEF.

Señaló, en un comunicado, que los funcionarios del Tribunal Electoral del Poder Ejecutivo de la Federación (TEPJF) omiten sustentar cómo es que una simple expresión se traduce en la coacción a más de 35 millones de personas que votaron a favor de continuar la transformación.

Añadió que, con evidente carencia argumentativa y sin prueba alguna, la Sala Regional Especializada afirmó falsamente que existe uso indebido de programas sociales y coacción al voto por parte del titular del Poder Ejecutivo Federal.

“Las afirmaciones vertidas en la sentencia son tan generales y banales, que el propio magistrado Lara Patrón se apartó de los motivos expuestos al considerar que no se había realizado un estudio exhaustivo.

“En la resolución sólo se señala de manera dogmática la actualización de las infracciones, sin precisar mayores argumentos y realizar un estudio pormenorizado de cada una de ellas; no obstante, (el magistrado Lara) votó a favor del proyecto”, indicó.

La oficina jurídica de la Presidencia resaltó también que, en la sentencia del 11 de julio pasado, los magistrados del TEPJF no explicaron cuál programa social fue utilizado de forma indebida y, menos aún, de qué forma se materializó el condicionamiento a los beneficiarios y cómo esa circunstancia se tradujo en la coacción a la ciudadanía para votar en determinado sentido.

Por lo anterior, aseveró que resulta irresponsable que un órgano jurisdiccional, supuestamente imparcial e independiente, “realice afirmaciones que no están sustentadas en pruebas y sólo se hagan acusaciones basadas en la imaginación de los juzgadores que pretende ver más allá de lo evidente”.

Recordó que la Sala Superior al resolver el expediente SUP-REP-301-2024, determinó que la emisión de expresiones que reflejen una postura política y crítica por parte del Presidente, como parte del debate público, no constituyen un llamamiento al voto por algún partido político o candidatura y, por tanto, no se ponen en riesgo los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.