Confirma a Morena y partidos políticos

Ratifica TEPJF que no se deben utilizar caricaturas, siluetas o imágenes de AMLO como propaganda

"No está permitido y no puede ampararse en el ejercicio de una libertad de expresión”, puntualizó la magistrada Janine Otálora Malassis al respecto

Ratifica TEPJF que no se deben utilizar caricaturas, siluetas o imágenes de AMLO como propaganda.
Ratifica TEPJF que no se deben utilizar caricaturas, siluetas o imágenes de AMLO como propaganda. Foto: Presidencia de la República

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó a Morena y a los partidos políticos que no puede utilizar las caricaturas con las imágenes de funcionarios, como el Presidente Andrés Manuel López Obrador o gobernadores.

En sesión pública, los magistrados electorales resolvieron un recurso sobre una multa que precisamente impuso la Sala Regional Especializada por un tuit, que publicó el 22 de mayo, con un mensaje que decía: “Sonríe, este 5 de junio ganamos seis de seis para Morena. Buenos días para todas y todos”, con la caricatura del Presidente de la República.

El magistrado ponente, José Luis Vargas, planteaba revocar la sentencia de la Sala Especializada, y establecer como válido “que los partidos puedan emplear de forma neutral y genérica la imagen de personas funcionarias emanadas de sus filas para posicionarse frente al electorado”.

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Sin embargo, los demás integrantes de la Sala Superior rechazaron esa postura, pues indicaron que es una prohibición establecida en la Carta Magna.

“Usar una imagen que identifique a un servidor público, máxime si se trata del titular del Ejecutivo Federal para posicionarse o para hacer un llamado al voto, no está permitido y no puede ampararse en el ejercicio de una libertad de expresión”, puntualizó la magistrada Janine Otálora Malassis.

Vargas ironizó: “Lo que me parece más extraño es que estas prohibiciones no son de esta integración; es decir, no comenzaron hace seis años cuando este Tribunal, seis años y dos meses, cuando este Tribunal se constituyó, empiezan de unos años para acá, a partir de cierto actor político que se llama Morena y el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador”.

Como respuesta, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón precisó que la caricatura, silueta o imagen del Presidente de la República no puede ser utilizada en la propaganda política ni electoral.

Agregó que, por consiguiente, ninguna imagen de servidor público que esté en funciones puede ser utilizada como propaganda política y electoral.

Por ejemplo, generaría una cierta expectativa que caricaturas de los gobernadores en Coahuila o en el Estado de México se puedan publicar por los partidos del cual emanaron, que es el PRI, ¿no?, y que días antes de la elección, en los cinco días previos, emitan en sus cuentas oficiales caricaturas del gobernador Riquelme o del gobernador del Estado de México diciendo: 'Este domingo vamos a ganar'
Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente del TEPJF

“Ahí me parece todavía mucho más claro, ¿no? Que la consecuencia de permitir este tipo de propaganda político-electoral no es congruente, no es armónica, no contribuye a la equidad en la contienda, ni a la libre formación de preferencias en un sentido abstracto, en donde las autoridades electorales buscamos que no haya una incidencia indebida”, apuntó.

RFH