La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la eliminación de la regulación especial para la venta de primera mano de hidrocarburos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Petróleos Mexicanos (Pemex), es inconstitucional.
La Segunda Sala del pleno anuló la reforma al artículo 13 transitorio de la Ley de Hidrocarburos, con la que se dio preponderancia a Pemex sobre sus competidores, publicada el 19 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
“La sentencia tiene efectos generales y protege a todas las empresas de dicho sector, además de que ordena que prevalezcan las medidas impuestas a Pemex desde 2014, mismas que impiden que esté por encima de la competencia”, dijo la Corte.
En mayo de 2021, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación dos reformas a la Ley de Hidrocarburos.
Dado lo anterior, un grupo de empresas promovió un juicio de amparo en contra de los actos mencionados por considerar que eran violatorios del principio de seguridad jurídica y legalidad, mismo que le fue concedido por la Suprema Corte.
DGC