Impone carga desproporcionada

SCJN declara inconstitucional que los estados "reconozcan la vida humana desde la concepción"

La resolución de la SCJN está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados de Sinaloa hecha para proteger “la vida desde la concepción”

La determinación de la Suprema Corte crea un criterio obligatorio
La determinación de la Suprema Corte crea un criterio obligatorio Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que los estados reconozcan “la vida humana desde la concepción”, por lo que leyes locales equiparaban al aborto como un asesinato.

Durante la sesión de este jueves, los ministros invalidaron el artículo 4 de la Constitución de Sinaloa que establecía que “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley correspondiente, hasta su muerte”.

La resolución de la SCJN está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados del Congreso de Sinaloa hecha en 2018, luego de que se aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.

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CHIMALHUACAN, ESTADO DE MÉXICO, 24NOVIEMBRE2020.- El origen del 25 N se remonta a 1993, en ese año, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró oficialmente esta fecha como el Día Internacional Contra la Violencia de Género, y emitió por primera vez la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer. En México existe la alerta de género, que consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida, así como la existencia de algún agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres. En el Estado de México, esta alerta se declaró el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí. El Noveno Tribunal Colegiado decidió entonces que el intento de feminicidio sea tipificado como un delito grave que amerita prisión oficiosa inmediata. Pese a esto los feminicidios han aumento;  de enero a noviembre del presente año van 704 feminicidios, lo que indica un aumento del 5% en el país, según informó la Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero.

FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM

"Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, manifestó el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Más adelante, expuso que la sentencia establece que el embrión debe ser reconocido como un bien y protegerse, pero esta protección no puede competir con los derechos de las personas nacidas.

Durante la discusión del proyecto, los ministros subrayaron que las entidades federativas no pueden alterar la universalidad de los derechos humanos, ya que argumentaron que, al hacerlo, se vulnera la seguridad jurídica y sólo pueden modificar normas si son compatibles al principio de progresividad.

La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio, por lo que en caso de que alguna mujer o persona gestante sea criminalizada por interrumpir un embarazo, será contrario a los derechos humanos y pueden ampararse.

El martes, la SCJN declaró inconstitucional una ley del estado de Coahuila que castigaba con hasta tres años de prisión a la mujer que abortara y a quienes facilitaran el procedimiento.

Esa sentencia también sienta jurisprudencia y abre la puerta para que mujeres puedan acceder a un aborto seguro y legal, mediante la presentación de un amparo, en estados donde sigue siendo sancionado.

Oaxaca, Veracruz e Hidalgo son otros estados que han despenalizado el aborto.

JVR

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