Ocho votos a favor y tres en contra

SCJN resuelve por el uso lúdico de la marihuana

Solventa falta del Congreso en la materia; es día histórico para las libertades: Zaldívar; Cofepris debe dar permiso de consumo a adultos que lo pidan

Un consumidor celebra ayer afuera de la Corte.
Un consumidor celebra ayer afuera de la Corte. Foto: Eduardo Cabrera, La Razón

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud (LGS) que impedían el consumo lúdico de marihuana y Tetrahidrocannabinol (THC).

Tras esta resolución, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) podrá otorgar permisos individuales a toda persona adulta para el uso recreativo, sin necesidad de promover un amparo.

Esta aprobación no significa la despenalización total de las sanciones establecidas en la LGS y el Código Penal Federal, pues siguen vigentes por la posesión de más de cinco gramos de cannabis, comercio, producción y venta, lo cual es considerado delitos contra la salud, narcotráfico y narcomenudeo.

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El debate para regular el uso de la marihuana ha estado en la agenda de los legisladores federales.
El el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Eduardo Ramírez.

Con los votos de ocho ministros, a los cuales se sumó de último momento Luis María Aguilar, que cambió de postura para lograr la mayoría calificada, el Pleno de la Suprema Corte realizó la declaratoria de inconstitucionalidad sobre el articulado de la Ley General de Salud que prohíbe el consumo lúdico de la marihuana.

La ministra ponente Norma Piña precisó que con esta aprobación “se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud (Ssa) autorice actividades relacionadas con el autoconsumo del cannabis y el THC (tetrahidrocannabinol, psicoactivo de la marihuana) con fines recreativos”.

Sin embargo, aclaró que “no se autoriza en ningún caso importar, comerciar o suministrar” marihuana, con lo que no se creará por ahora un mercado de cannabis recreativo en México.

Destacó que mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud remitirá esas autorizaciones sólo a personas adultas, y para los efectos precisados en las ejecutorias respectivas, a saber la adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.

Se confirma una vez más que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos, funcionan, y que un tribunal constitucional es esencial para el desarrollo de estos derechos
Arturo Zaldívar, Presidente de la SCJN

Piña Hernández aclaró que el consumo lúdico no podrá hacerse afectando a terceros, ni debe ser ejercido frente a menores de edad, ni en lugares públicos con terceras personas que no concedan su autorización. Tampoco estará permitido conducir vehículos ni operar máquinas peligrosas bajo sus efectos.

Al finalizar la sesión, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, calificó como un hecho histórico para las libertades; después de un largo camino, añadió, la Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico recreativo de la marihuana.

“Se confirma una vez más que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos, funcionan, y que un tribunal constitucional es esencial para el desarrollo de estos derechos, para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede solamente legislativa”, estableció.

Zaldívar Lelo de Larrea agregó que la Corte reafirmó una vez más, que su único compromiso es con la Constitución y que actúa con plena independencia y autonomía.

Precisar a toda la población que no vayan corriendo a ser autoconsumidores o empezar a tener sus propios cultivos porque podrían estar incurriendo en un delito, y ahí es donde viene la importancia de conocer cuáles son los efectos o los alcances que tienen esta declaratoria
Francisco Burgoa, Catedrático de la UNAM

El 31 de octubre de 2018, la Primera Sala emitió la jurisprudencia para el uso recreativo de la marihuana, tras haber resuelto cinco amparos que referían violaciones al libre desarrollo de la personalidad, promovidos por la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), Armando Ríos, la chef Josefina Santacruz, el activista Aram Barra y el abogado Ulrich Richter.

Al respecto, el catedrático de la UNAM, Francisco Burgoa aseguró en entrevista con La Razón que es una buena noticia, pero no se despenaliza el consumo de la marihuana ni representa una permisibilidad absoluta porque la Cofepris debe expedir los lineamientos correspondientes.

“Precisar a toda la población que no vayan corriendo a ser autoconsumidores o empezar a tener sus propios cultivos porque podrían estar incurriendo en un delito, y ahí es donde viene la importancia de conocer cuáles son los efectos o los alcances que tienen esta declaratoria de inconstitucionalidad”, dijo.

(Lo que hizo la Corte fue) ratificar su jurisprudencia en la cual ya había dicho, simplemente, que la prohibición de los adultos consumieran cannabis en privado era inconstitucional
Jorge Hernández, Fundador de la Ameca

El Congreso de la Unión, abundó Burgoa Perea, tiene la obligación de legislar con urgencia los detalles respecto del uso lúdico de la cannabis, a través de modificaciones a la Ley General de Salud y el Código Penal.

Jorge Hernández, fundador de la Asociación Mexicana de Estudios del Cannabis (Ameca) coincidió con el catedrático de la UNAM, pues lo único que hizo la Corte fue “ratificar su jurisprudencia en la cual ya había dicho, simplemente, que la prohibición de los adultos consumieran cannabis en privado era inconstitucional”.

En tanto, José Rivera, líder del Movimiento Cannábico Mexicano, expresó su satisfacción por este paso que dio la Corte con lo cual “ya tendremos permisos de la Cofepris y no estaremos pagando amparos”.

“Legislativo actuará con mesura y prudencia”

El presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ricardo Monreal, apuntó que a pesar de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la marihuana, el Legislativo actuará con prudencia y mesura en la materia.

“Todavía faltan detalles por regular, la Corte no puede legislar, aún cuando haya declarado esta norma inconstitucional, nosotros actuaremos con prudencia, con mesura, en beneficio de la sociedad”, dijo.

A través de un mensaje que difundió en sus redes sociales, explicó que la determinación de la SCJN implica que, primero, que la Secretaría de Salud debe emitir las autorizaciones a personas adultas para la adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de marihuana.

Además, apuntó que la Cofepris debe establecer los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla, pero debe quedar claro que el consumo en ningún caso se podrá hacer frente a terceros, frente a menores de edad ni en lugares públicos.

“El Poder Judicial ha tomado la decisión y todos debemos observarla y respetarla, sin embargo, aún existen elementos ambiguos y de indefinición que tendremos que ir atendiendo en los próximos días y semanas”, detalló.

Por ello, adelantó que se reunirá con los grupos parlamentarios y sus coordinadores para empezar a trabajar una legislación.

Con información de Magali Juárez

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