La prórroga de un mes para la entrada en vigor de la ley laboral que elimina la subcontratación conocida como outsourcing ya fue publicada por la Secretaría del Trabajo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con lo anterior, para las empresas que operan bajo un régimen de subcontratación, no será requisito la transmisión de los bienes objeto de la empresa o establecimiento hasta el 1 de septiembre de 2021.
Ello, siempre que la persona contratista transfiera a la persona beneficiaria a los trabajadores en dicho plazo.
Ahora, los patrones deberán realizar la inscripción de sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Además, deberán solicitar al IMSS que se les otorgue un registro patronal como lo indica el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
“La entrada en vigor de la presente reforma y hasta el 1 de septiembre de 2021, se considerará como sustitución patronal la migración de trabajadores de las empresas que operaban bajo el régimen de subcontratación laboral, siempre y cuando la empresa destino de los trabajadores reconozca sus derechos laborales, incluyendo la antigüedad de los mismos y los riesgos de trabajo terminados, ante las instancias legales correspondientes”, señala el decreto.
Como se recuerda, fue este viernes cuando el Congreso de la Unión aprobó la prórroga de un mes para la entrada en vigor de las nuevas obligaciones en materia de outsourcing así como el cumplimiento de las obligaciones en esa materia por parte de las empresas.
LRL