Ley de la Industria Eléctrica

Suprema Corte defiende resolución de ministros

Se mantuvo en su decisión de “tumbar” la Ley de la Industria Eléctrica, al defender la votación de los ministros amparado en el artículo 56 primer párrafo, de la Ley de Amparo, que rige estos procedimientos

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 28 de noviembre.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 28 de noviembre.Foto: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se mantuvo en su decisión de “tumbar” la Ley de la Industria Eléctrica, al defender la votación de los ministros amparado en el artículo 56 primer párrafo, de la Ley de Amparo, que rige estos procedimientos; mencionaron que ello se establece, “cuando uno de los ministros se manifieste impedido en asuntos del conocimiento del pleno o sala, los restantes calificarán la excusa. Si la admiten, éstos continuarán en el conocimiento del asunto; en caso de empate, quien presida tendrá voto de calidad”.

La Corte indicó que esto sucedió debido a que el ministro Javier Laynez Potisek se excusó de conocer de este asunto, toda vez que participar en su discusión retrasaría su resolución, derivado de una solicitud de impedimento que presentó el día anterior la Secretaría de Energía (Sener), para que el ministro no conociera de éste y otro Amparo en Revisión similar.

“Esta situación generó que la votación resultara en empate y, con ello, fuera necesario ejercer voto de calidad por parte del ministro Alberto Pérez Dayán, presidente de la Segunda Sala, como lo faculta la Ley de Amparo, en el artículo 56 antes citado”, refirió el máximo tribunal.

Más tarde fuentes internas en la SCJN informaron que “algunos ministros que integran la Segunda Sala no estuvieron de acuerdo”, con la información dada, por lo que realizaron un pequeño ajuste a la primera versión de una tarjeta informativa donde defendieron el voto de calidad que dio origen al veredicto final.

En ambas versiones el máximo tribunal afirmó que el voto de calidad que realizó el ministro Alberto Pérez Dayán, como presidente de la Segunda Sala, se dio de conformidad; no obstante en la nueva versión la Corte destacó que en aquella ocasión hubo consenso en la Segunda Sala para que la entonces presidenta Yasmín Esquivel Mossa ejerciera su voto de calidad.