Por evento en Toluca

TEPJF ordena analizar posibles actos anticipados de campaña de 'corcholatas'

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por mayoría de votos, pidió investigar posibles actos anticipados de campaña, en un evento realizado en 2022

TEPJF pide investigar posibles actos anticipados de campaña de "corcholatas".
TEPJF pide investigar posibles actos anticipados de campaña de "corcholatas". Foto: Cuartoscuro/ Daniel Augusto

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que se debe analizar la posible comisión de posibles actos anticipados de campaña por parte de las corcholatas de Morena y vulneración al artículo 134 constitucional por su participación en el evento realizado en Toluca, el 12 de junio del año pasado.

La Sala Superior revocó la sentencia que emitió la Sala Regional Especializada, que declaró inexistentes las presuntas faltas de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López y Mario Delgado Carrillo por su asistencia y participación a la asamblea informativa organizada por Morena denominada “Unidad y Movilización”, que se llevó a cabo en la explanada del Teatro Morelos.

La Sala Regional Especializada determinó que no se cometieron infracciones electorales, pues se trató de un evento interno de Morena, no trascendió a la ciudadanía y, ante la lejanía de los procesos electorales, la participación de los denunciados era insuficiente para considerar que se acreditaba alguna violación a la norma electoral.

TE RECOMENDAMOS:
Claudia Sheinbaum, exjefa de gobierno de la CDMX.

Sin embargo, el denunciante original, el PRD, impugnó esta resolución ante la Sala Superior del TEPJF, que a propuesta del magistrado Indalfer Infante Gonzales, con los votos en contra de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, y la ausencia justificada del magistrado Felipe de la Mata Pizaña revocó la sentencia.

Determinó que la Sala Regional Especializada debe emitir otra resolución en la que analice nuevamente la posible comisión de actos anticipados de campaña, así como la posible vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, tomando en cuenta que el evento y los mensajes ahí pronunciados sí trascendieron a la ciudadanía.

Se estableció que esto se debió a que el evento se llevó a cabo en un espacio público, fue de invitación abierta y masivo; además, porque los mensajes tuvieron una mayor trascendencia a partir de su réplica en redes sociales por parte de los mismos participantes y asistentes al evento, así como por su cobertura periodística y por la asistencia de personas relevantes del partido.

Además, se precisó que la sala responsable ya había determinado anteriormente que el discurso denunciado contuvo equivalentes funcionales de llamado al voto, de cara a los procesos electorales que estaban próximos a iniciar.

Síguenos también en Google News

FBPT

Temas: