El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) que modifique los lineamientos en materia de revocación de mandato para que acepte, tanto el formato de la aplicación (app) digital, como el papel, para la recolección de firmas en todo el país.
Los integrantes de la Sala Superior determinaron que se debe permitir que sean los ciudadanos los que elijan la opción en la que respalden la realización del ejercicio revocatorio, por lo que le dio la razón a Morena, que presentó el recurso de impugnación.
Por ello, durante la sesión pública, los magistrados electorales puntualizaron que no se debe privilegiar un formato sobre otro, como lo hicieron los consejeros electorales al establecer en los lineamientos que sólo 204 municipios podían recopilar apoyos en papel y el resto sería en aplicación móvil.
La magistrada Janine Otálora Malassis apuntó que el INE, “de manera indebida hizo uso del régimen de excepción a 204 municipios, sin justificar de qué manera ello garantizaría el derecho de la ciudadanía a participar en el ejercicio revocatorio”.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña destacó que el TEPJF avaló el uso de la app para la recolección de apoyos en ejercicios como el registro de candidatos independientes o de nuevos partidos.
Sin embargo, puntualizó que ambos formatos, tanto la aplicación móvil como el papel están vigentes en la legislación.
Respecto al voto de las personas mexicanas residentes en el extranjero, el TEPJF determinó que no es posible implementar el sufragio vía postal en estos momentos, por su complejidad técnica, material y presupuestal, sobre todo dado que el presente proceso ya inició.
Por ello, los magistrados resolvieron que el INE deberá llevar a cabo los estudios técnicos y financieros necesarios para analizar las modalidades de votación que se podrían implementar desde el extranjero.
(El INE) de manera indebida hizo uso del régimen de excepción a 204 municipios, sin justificar de qué manera ello garantizaría el derecho de la ciudadanía a participar en el ejercicio revocatorioJanine Otálora Malassis, Magistrada del TEPJF
Por otra parte, la Sala Superior confirmó que es violatorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato que los lineamientos en la materia establezcan la posibilidad de que el Presidente de la República tenga “derecho a opinar e informar acerca de la continuidad de su cargo”, ya que la autoridad electoral es la única entidad facultada para emplear recursos públicos en la promoción de la participación ciudadana en dicho proceso.
Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, fue uno de los primeros ciudadanos en participar en la recolección de firmas para solicitud para revocación de mandato, en Minatitlán, Veracruz.
“Una amplia mayoría ciudadana está convencida de que el Presidente López Obrador debe seguir en la Presidencia y estamos decididos a impulsar su ratificación”, señaló el legislador veracruzano en un comunicado.
Gutiérrez Luna recordó que la consulta es una promesa de campaña del jefe del Ejecutivo federal, un ejercicio inédito en México, bajo la convicción de que “el pueblo pone y el pueblo quita”, que el mandatario ha expresado de manera reiterada.
Al respecto, el coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, estimó que la sentencia del TEPJF sobre la recolección de firmas para la revocación de mandato despeja el camino para que este ejercicio de participación ciudadana tenga como eje la voluntad popular.
El también presidente de la Junta de Coordinación Política en la Cámara alta enfatizó que en papel o digital, la expresión ciudadana para solicitar que se realice la consulta debe ser libre, verídica y verificable: “Es un derecho social elegir cómo expresar su respaldo a la petición para convocar a la consulta de revocación o permanencia del Presidente”, expresó.
LRL