El Tercer Tribunal Unitario en materia Penal desechó el amparo que promovió la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), el cual buscaba revocar la medida cautelar para revisar la prisión preventiva a Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), por el caso de Agronitogenados.
“Las medidas cautelares no pueden ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o una sanción penal anticipada. Por consiguiente, se actualiza de manera manifiesta e indudable la causal prevista en los citados artículos 61, fracción XXIII, en relación con el 7, de la Ley de Amparo; en tal virtud, se desecha de plano”, señaló el documento del Tribunal.
Además, el Tercer Tribunal Unitario en la Ciudad de México explicó que no existe transgresión directa “al patrimonio de la persona moral ofendida, pues resulta evidente que el imputado sigue sujeto a proceso a través de las medidas cautelares impuestas en la audiencia del 28 de julio de 2020”.
El pasado 23 de enero, la UIF había dado a conocer que se había amparado contra la decisión del juez que retiró la prisión preventiva a Emilio Lozoya por la compraventa irregular de Agronitrogenados.
Sostenía que en su carácter de parte ofendida en el proceso penal por las irregularidades en la compra de la planta que le pertenecía a Alonso Ancira Elizondo, presentó la demanda de juicio de amparo.
Con la decisión del Tribunal Federal queda desechado el amparo de la UIF, por lo que ahora se espera que un juez decida si Emilio Lozoya seguirá en prisión preventiva o si seguirá su proceso en libertad por el caso Odebrecht, lo cual se podría resolver este mismo miércoles, dado que la audiencia fue fijada para las 13:30 horas en los juzgados del Reclusorio Norte.
fgr