De manera unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la demanda de Morena en contra del Partido Acción Nacional para ordenar al INE la suspensión del spot en radio y televisión del promocional denominado "No a la sobrerrepresentación PAN".
En el proyecto de resolución del magistrado ponente, Felipe de la Mata Pizaña, se confirmó el acuerdo ACQyD-INE-297/2024 emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, que declaró improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por Morena.
Conforme a la denuncia del partido guinda, el promocional pautado en radio y televisión de Acción Nacional representa la difusión de propaganda calumniosa.
Tanto la Comisión de Quejas como la Sala Superior del TEPJF, el contenido del mismo respecto a la probable sobrerrepresentación de Morena, constituye una crítica y, por ende, se encuentra amparado en la libertad de expresión.
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