La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) para ajustar a una fecha única la terminación de las precampañas, así como la recolección de apoyo ciudadano, para los procesos electorales locales 2021.
Los magistrados consideraron que el INE debe fundamentar y motivar la decisión de atracción, “ya que la autoridad responsable no justificó debidamente la urgencia que se requiere para optar por el procedimiento expedito de atracción, previsto en el artículo 64 del Reglamento de Elecciones”, señala la sentencia presentada por el magistrado José Luis Vargas.
El 4 de agosto, cuatro consejeras y consejeros del INE solicitaron al presidente del Consejo General, Lorenzo Córdova, que realizara las acciones necesarias para someter a discusión la facultad de atracción, debido a que había fechas dispares para el desarrollo de las etapas de los procesos electorales y consideraron que había la necesidad de homologarlas, entre otras, para poder fiscalizar las precampañas antes del inicio de las campañas.
El Consejo General del INE determinó entonces que las precampañas federales iniciarían el 23 de diciembre de 2020, en lugar de la fecha prevista de la primera semana de enero de 2021, y que concluirán el 31 de enero de 2021, respetando la duración de 40 días que prevé la Ley.
Ante esta decisión, el PRI se inconformó el 13 de agosto y señaló que el INE debió garantizar el derecho de audiencia de los partidos y candidatos, pero no obtuvo respuesta formal y el representante de ese partido señaló además que no pueden modificar directamente los plazos legales establecidos por los congresos locales. La Sala Superior consideró que el INE debe motivar la decisión que tomó para cambiar las fechas señaladas.
olr