El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México dictaminó que los jueces podrán admitir amparos y deberán ordenar la aplicación de la vacuna contra COVID-19 en menores de cinco a 11 años.
El argumento del tribunal para tomar esta decisión fue que el no inmunizar a niños y niñas representa un riesgo para su salud.
En un texto que se publicó en el Semanario Judicial de la Federación se concluyó que debido a que las autoridades no han autorizado la vacunación en menores de ese rango de edad, se ha puesto en peligro su bienestar, ya que se pueden contagiar de coronavirus y tener secuelas por la enfermedad.
El Cuarto Tribunal Colegiado expresó que "determina que procede conceder la suspensión de oficio y de plano contra la omisión de vacunar contra el virus del SARS-Cov-2 para prevenir la COVID-19 a los quejosos, pues la decisión de no hacerlo compromete gravemente su vida".
También hizo énfasis en el incremento de contagios y muertes registrados en menores de cinco a 11 años, por lo que aplicar el biológico es indispensable.
Destacó que la vacuna de Pfizer para infantes ha tenido resultados positivos en otros países y recomendó que la aplicación obligatoria comience el lunes 21 de febrero de 2022.
"El estudio realizado por uno de los laboratorios productores de la vacuna para prevenir el COVID-19 ha demostrado que se trata de una medida segura y eficaz para los menores de edad del grupo de cinco a 12 años en una dosificación diferenciada de la prevista para el resto de la población", apuntaron los magistrados.
KEFS