Al menos 11 reos fueron incluidos

La Tuta se ampara, demanda zapatos y trusas en buen estado dentro del Altiplano

El exlíder de los Caballeros Templarios exige artículos de higiene personal y poder ver a sus defensores; señala violaciones a sus derechos humanos

Servando Gómez, alias "La Tuta".
Servando Gómez, alias "La Tuta". Archivo

Un Juez Federal se prepara para amparar a 11 internos del penal de Máxima Seguridad del Altiplano, ubicado en Almoloya de Juárez, Estado de México, por violaciones a sus derechos humanos.

Los reos Samuel Serrano Guardado, Saúl Israel Zaragoza Elenes, Héctor Ramón Takashima Valenzuela, José Antonio López Pérez, Erick Eduardo Guarneros Cortez, Edgar Santos Mejía, Luis Ignacio Escobar Torres, José Martínez Junior, Omar Trujillo Urbano y Jesús Ruperto Cantú Badilla, fueron incluidos en la demanda de juicio de amparo que presentó el exlíder de los Caballeros Templarios, Servando Gómez alias “La Tuta”, por falta de insumos de higiene, no poder ver a sus defensores y hasta por zapatos tenis que les han negado a usar.

En su demanda, presentada el pasado 17 de septiembre y que quedó registrada en el expediente 629/2020, Servando Gómez se quejó por “la falta de insumos de uso personal, autorización inmediata de ingreso por parte de los defensores particulares y familiares de los reos”.

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También dijo que les hacían falta “ropa interior trusas o bóxer, camisetas y playeras, calcetas y calzado tipo tenis, porque la mayoría de los internos no cuentan con ropa y calzado adecuado, es decir, la que poseen se encuentra en su mayoría en estado deplorable y en muy malas condiciones”, escribieron en su demanda de amparo.

Además, tuvo que agregar las constancias de internamiento respectivas, a fin de acreditar su dicho.

Para concederles el amparo solicitado, los demandantes deberán explicar al juez a que se refieren con que “cesen de manera inmediata los diversos actos consistentes en tortura psicológica, incomunicación, segregación y discriminación” porque también había concedido el amparo sobre estos hechos y en cambio se incluyeron nuevos nombres por lo que el juzgador advirtió que:

“El amparo constituye un acto de carácter personalísimo que sólo puede realizar quien promueva la demanda, por lo que deben presentarse e identificarse plenamente quienes promovieron el amparo”, demando el juez.

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