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El 24 de abril de 2007 el Senado de la República publicó en la Gaceta Parlamentaria el Convenio sobre traslado de Personas Condenadas, sustentado en el Tratado de Estrasburgo, Francia, el 21 de marzo de 1983.
Se trata de un decreto promulgatorio presentado por el Ejecutivo —el Presidente Felipe Calderón— para darle validez jurídica, mediante la aprobación del Senado. Nadie objetó su contenido y, por ello, de acuerdo con el artículo 133 constitucional forma parte de la Ley Suprema de la Unión.
Hay así una responsabilidad de parte de esa Legislatura, al suscribirse leyes cuestionables como ésta. Y afirmo esto si se analiza una de las condiciones de dicho convenio: “que los actos u omisiones que hayan propiciado la condena constituyan una infracción a la legislación penal del Estado de cumplimiento”.
Otro párrafo es igualmente nugatorio de nuestro sistema de derecho: “Si la naturaleza o duración de dicha sanción fueren incompatibles con la legislación del Estado de cumplimiento o si la legislación de dicho Estado lo exigiere, el Estado de cumplimiento podrá adaptar, mediante resolución judicial o administrativa, dicha sanción a la pena o medida prevista por su propia ley para las infracciones de igual naturaleza”.
Quienes principalmente deben dar una explicación de ese desaguisado son los presidentes de las Comisiones dictaminadoras, el panista Ángel Alonso Díaz Canesa y la petista Rosario Ibarra, sin menoscabo también de Santiago Creel, del PAN, Manlio Fabio Beltrones, del PRI y Carlos Navarrete, del PRD.
Porque en el espíritu y letra del Tratado de Estrasburgo no existe ese punto —el de “los actos u omisiones”—, algo muy grave pues acuerda vulnerar abiertamente los procesos jurídicos del Estado de condena.
Para aclararlo a la vista del caso de Florence Cassez, el Estado de condena (México) acepta de acuerdo con este instrumento jurídico que el Estado de cumplimiento (Francia) puede modificar la sentencia por el delito de secuestro a esta francesa, e incluso liberarla “si los actos u omisiones constituyen una infracción” en su sistema penal.
Y esto estaba cantado no sólo por el presidente Nicolás Sarkozy, sino por la comparación entre ambos sistemas procesales. En Francia, el que hubiera habido una filmación montada para escenificar la detención es suficiente para anular el proceso, pues se trata de un sistema garantista —que pone en primer término las garantías del acusado—, mientras que en el mexicano, basado en el derecho escrito, las declaraciones de las víctimas tienen un mayor peso, a pesar de las posibles violaciones procedimentales que pudiera haber habido.
El gobierno mexicano decidió simplemente que este convenio no se aplicara al caso de Florence Cassez, cuando él mismo promovió su vigencia y de acuerdo con la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (parte III, sección tercera, artículo 62) no puede actuar en forma arbitraria y, por tanto, seguramente frente a un tribunal de arbitraje internacional se perdería el caso.
Por su parte, los jueces mexicanos dictaminaron de acuerdo con los criterios de preferencia de las declaraciones de las víctimas y ni siquiera valoraron como prueba el video del montaje televisivo de la detención de Cassez.
Hay, pues, una decisión que se basa en ignorar los convenios de índole internacional que el propio Ejecutivo promueve. Hay también un descuido inaceptable de parte de legisladores quienes han permanecido en la sombra de este escándalo que ha escalado hasta afectar seriamente las relaciones bilaterales entre Francia y México.
Por supuesto, la humillación propuesta por Nicolás Sarkozy, quien quería homenajear en las actividades culturales del Año de México en Francia a Cassez, es un golpe artero contra México. Era lógico suspender dichas actividades.
No sabemos si haya algún asesor de Sarkozy capaz de recordarle una frase definitiva de Tayllerand, el diplomático clásico de Francia: “Un insulto puede olvidarse, una humillación jamás”.
Pero en México debemos analizar y pedir cuentas en torno a la promoción y aprobación de este convenio. ¿Había acuerdo para que se liberara a Florence Cassez y luego hubo una marcha atrás?
Por lo pronto, los legisladores responsables de que se firmara un instrumento que hace nulas las normas mexicanas y la dignidad de nuestro sistema de derecho deben dar la cara frente a la opinión pública, pues los efectos negativos de su trabajo están afectando la imagen internacional de México.