Este martes, la Corte de Apelaciones del Sexto Circuito de Estados Unidos dictaminó que en el estado de Ohio se podrá hacer cumplir una ley de 2017 que prohíbe los abortos cuando las pruebas médicas muestran que un feto tiene síndrome de Down.
En una decisión de 9 votos a favor y 7 en contra, la Corte federal señaló que en la ley no existía un obstáculo sustancial para realizar abortos de fetos con síndrome de Down, “estaba razonablemente relacionada con los intereses legítimos de Ohio y era válida en todos los casos concebibles".
En ese sentido, la fiscal general republicana de Arkansas, Leslie Rutledge pidió a la Corte Suprema revisar el fallo en el que un Tribunal federal de apelaciones, de Arkansas, declaró inconstitucional una ley similar al tema de la prohibición de abortos a mujeres con un feto con síndrome de Down en enero.
Con la ley dictaminada en Ohio, los médicos que realicen abortos a mujeres con un feto con síndrome de Down, cumplirán una condena de hasta 18 meses en prisión, además de perder su licencia como profesionales.
La jueza de circuito, Alice Batchelder, quien votó a favor para prohibir dichos abortos, dijo que la ley de Ohio promueve los intereses del estado en desestigmatizar a los niños con síndrome de Down y alentaba a los médicos a responder a tales diagnósticos con "cuidado y curación".
EGC