De manera unánime, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) falló en contra de la solicitud de México de establecer medidas provisionales a Ecuador por el asalto a la embajada mexicana en Quito; sin embargo, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dijo estar “muy satisfecha” con esta decisión.
El juez que preside la CIJ, Nawaf Salam, explicó que Ecuador ya había prometido proteger los locales diplomáticos y las residencias mexicanas y que, por tanto, “no existe urgencia, en el sentido de que no hay un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable para los derechos invocados por la demandante.
“La Corte considera en forma unánime que las circunstancias, tal como se presentan ahora ante la Corte, no son tales que requieran el ejercicio de su facultad (...) de indicar medidas provisorias”, leyó el presidente de la Corte Internacional.
El 11 de abril pasado, México presentó en la Secretaría de la Corte una solicitud de inicio de procedimiento contra Ecuador en relación con “cuestiones jurídicas relativas a la solución de controversias internacionales por medios pacíficos y a las relaciones diplomáticas, así como la inviolabilidad de una misión diplomática”.
Las medidas provisionales que México presentó incluían: que el gobierno de Ecuador se abstenga de actuar en contra de la inviolabilidad de los locales de la misión y de los domicilios particulares de los agentes diplomáticos de México; que el gobierno de Ecuador permita al Gobierno de México desalojar sus instalaciones diplomáticas y las residencias privadas de sus agentes diplomáticos.
Además, que el gobierno de Ecuador se abstenga de cualquier acto o conducta que pueda agravar o ampliar la controversia de la que conoce la Corte.
La Corte recogió los argumentos de la defensa de Ecuador que indicó que México no presentó ninguna prueba de la existencia de “un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable a sus derechos”.
Los representantes ecuatorianos dijeron que se está brindando protección total a las instalaciones de México y a las residencias diplomáticas, y no existen amenazas a las propiedades o archivos relevantes; detallan que México es libre de retirar dichos bienes y archivos cuando ellos quieran.
El fallo leído por el juez Salam enfatizó “la importancia fundamental del principio consagrado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas”. De acuerdo con la CIJ, “no existe un requisito previo más fundamental para el desarrollo de las relaciones entre Estados que la inviolabilidad de las instalaciones diplomáticas y de las embajadas”.
El consultor jurídico de la Cancillería mexicana, Alejandro Celorio, expresó a los medios que “el Gobierno de México se siente muy satisfecho por la orden emitida hoy”.
Comentó que, “si bien México no recibió las medidas provisionales solicitadas ante la Corte, sí recibe lo que estaba buscando: un reconocimiento de que la inviolabilidad de los locales (diplomáticos) es absoluta, no acepta excepciones, y el compromiso de Ecuador de que no ingresará a los locales de México”.
Mientras tanto, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador manifestó su beneplácito porque la Corte reconoció que el gobierno ecuatoriano ya había garantizado por escrito el respeto a la sede diplomática.