La pandemia de COVID-19 modificó los hábitos de consumo, la forma de relacionarse y la forma de trabajo. Las empresas optaron por aplicar el trabajo a distancia o home office para evitar aumentar los contagios.
El confinamiento también provocó un aumento en el consumo de bebidas alcohólicas. Un estudio realizado por el Instituto para la Atención y Prevención de Adicciones (IAPA) encontró que el consumo de alcohol en la pandemia incrementó 35.8 por ciento en la Ciudad de México.
Combinar el home office con el consumo de alcohol puede poner en riesgo a los compañeros y a la empresa.
¿Pueden despedirme por estar ebrio en mi jornada de home office?
De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en lo relacionado con sobre el despido justificado de un trabajador sorprendido en estado de ebriedad – o bajo el efecto de alguna droga sin contar con una prescripción médica- está vigente bajo la figura de trabajo a distancia o home office.
Si eres despedido por esta razón, el patrón queda libre de toda responsabilidad. Sólo tendrá que pagar las partes proporcionales de vacaciones, aguinaldo, y prima de antigüedad respectiva.
Esta medida busca evitar accidentes que comprometan el bienestar o la vida tanto del empleado en cuestión, como de sus compañeros de trabajo.
¿Qué hacer si sorprendo ebrio a un compañero durante una jornada de home office?
Se puede tomar evidencia sobre el estado de ebriedad del compañero para que las pruebas se presenten ante la autoridad de la empresa, a fin de que se redacte un acta administrativa en presencia de dos testigos.
Sin embargo, se debe dar al acusado el derecho a una defensa o justificación y determinar su situación.
En caso de ser despedido, tiene que ser notificado. En caso de rescisión con el motivo y la fecha en la que se hace efectivo el despido.
JVR