Sener y Economía deben notificarlo

Suspensión del acuerdo de importación de combustible debe notificarse en el DOF

La suspensión definitiva del acuerdo de importación de combustible debe notificarse en el Diario Oficial de la Federación

La suspensión definitiva del acuerdo sobre la regulación de la importación y exportación de hidrocarburos debe ser notificada en el DOF
La suspensión definitiva del acuerdo sobre la regulación de la importación y exportación de hidrocarburos debe ser notificada en el DOF

La Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Energía (Sener) deben notificar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la suspensión definitiva del acuerdo sobre la regulación de la importación y exportación de hidrocarburos.

Lo anterior, luego de que el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones en la Ciudad de México dictara la suspensión definitiva el pasado 23 de febrero.

A finales del año pasado, la Sener, junto con la Secretaría de Economía, decretaron dicho acuerdo en el que se determinaba que Energía regularía el otorgamiento y supervisión de los permisos previos de importación y exportación de petrolíferos e hidrocarburos, bajo los objetivos de la política pública.

Sin embargo, esta medida fue desechada por el juez Juan Pablo Gómez Fierro (quien ya ha dado revés a otras políticas de la Secretaría de Energía) al considerar que se le daría ventaja a la dependencia en el mercado, además de distorsionar a la misma industria.

Según el juicio de amparo 16/2021, fechado el 22 de febrero de este año, se expresó que en caso de que no se acate la suspensión habrá sanciones de tres a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación para empeñar otro cargo, empleo o comisión públicos al servidor público que con el carácter de autoridad responsable.

De acuerdo con la columna Economicón, del diario El Economista, el plazo para que las dependencias notifiquen la suspensión definitiva vence el día de mañana.

"A la hora en que se publicó esta opinión estaba por verse si Economía y Energía cumplían o esperaban la presión de los agentes económicos o del propio juez —que no tiene obligación de dar seguimiento al tema—. En los hechos, retrasar la notificación es un veto de facto, a pesar de que el incumplimiento abra las puertas a sanciones económicas o penas carcelarias, como advierte la sentencia".

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