La Secretaría de Energía (Sener) dio a conocer en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (Dof) el acuerdo por el cual dejó sin efectos la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
La dependencia informó que esta medida cautelar a la ley eléctrica no está sujeta a la publicación que se realice en el Diario Oficial, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley de Amparo, ésta surte sus efectos desde el momento en que se dicta.
“Asimismo, el mencionado Juez de Distrito, señaló que dicha medida cautelar no implica que quede insubsistente el Decreto reclamado, sino que únicamente sus efectos se postergarán en el tiempo, con lo que se conserva la materia del juicio de amparo”, refirió.
La Sener informó que se restablece provisionalmente la vigencia de los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación en cita hasta antes de la entrada en vigor del Decreto cuestionado.
“Durante la vigencia de la medida cautelar mencionada en los considerandos precedentes, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica", publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de dos mil veintiuno”, sostuvo.
Hasta el miércoles se sabía que los dos jueces federales que ordenaron frenar la reforma a la ley eléctrica, han otorgado 25 suspensiones provisionales a empresas que impugnaron el mencionado estatuto.
EGC