El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió hasta el 31 de mayo de este año el plazo para que las personas físicas cumplan con la presentación de su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020, cuya fecha vence oficialmente cada 30 de abril.
Así lo establece la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1-a y 9, quinta versión anticipada, la cual fue divulgada a través del Portal oficial del organismo recaudador, www.sat.gob.mx
Respecto al plazo para la presentación de la declaración anual, dice: “Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, a más tardar el 31 de mayo de 2021”.
De acuerdo con especialistas, aún falta que dicha disposición sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
El 31 de marzo pasado terminó el plazo para que las personas morales o empresas presentaran su declaración anual de 2020, para lo cual la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, aclaró que no habría prórroga para estos contribuyentes.
"No va a haber prórroga, se ha estado manejando que los sistemas están mal, pero es mentira", añadió en entrevista el 29 de marzo pasado, al término de la inauguración del Centro de Atención Remota al Contribuyente (Cadec), en la alcaldía Xochimilco.