La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos para el registro de personas físicas o empresas que presenten servicios de subcontratación especializada, con motivo de la reforma en materia de outsourcing, para lo cual tendrán un plazo de 90 días naturales.
La dependencia federal refirió de, de acuerdo con dicha reforma, publicada en el DOF el 23 de abril pasado, se incorporó la prohibición de la subcontratación de personal.
Apuntó que en la reforma se estableció, de manera excepcional, que únicamente se pueden subcontratar servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que además no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos.
Asimismo, se podrá considerar como especializados aquellos servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.
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Indicó que las personas físicas o morales que deseen incorporarse al registro deberán establecer con precisión el servicio que desean prestar o el tipo de obra que desean ejecutar y, por cada una de dichas actividades deberán acreditar, bajo protesta de decir verdad, el carácter especializado de las mismas y describir los elementos o factores que dan sustento a este carácter excepcional.
Para acreditar el carácter especializado se aportará información y documentación respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros.
La STPS apuntó que deberán demostrar que se encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit).
En el acuerdo publicado en el DOF y que entra en vigor mañana, detalló que las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas y estén interesadas en registrarse en el Padrón, deberán acceder a la plataforma http://repse.stps.gob.mx en la que solicitarán el registro.
Entre los requisitos y requerimientos que tiene que cumplir son:
- Firma electrónica vigente
- Nombre o razón social
- Registro Federal de Contribuyentes
- Número del Acta Constitutiva de la empresa
- Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social
- Identificación oficial vigente
- Poder notarial
- Comprobante de nómina
- Acta constitutiva
- Objeto social vigente
La Secretaría del Trabajo precisó que el registro tendrá una vigencia de tres años y será imprescindible para que la contratista pueda prestar sus servicios conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
Las personas físicas o morales que obtengan el registro estarán obligadas a identificar plenamente a sus trabajadores mediante la imagen, nombre, gafete o código de identidad que vincule a dichos trabajadores con la empresa que presta el servicio especializado o ejecuta la obra especializada durante el desarrollo de sus labores en las instalaciones de la empresa que contrata los servicios.