La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) concluyó, preliminarmente, que no existen condiciones de competencia efectiva en diversos eslabones de la cadena de valor de la turbosina en México, debido a la probable existencia de barreras que impiden la entrada y el crecimiento de los participantes en este mercado.
El organismo regulador expuso que la turbosina es el principal insumo para el transporte aéreo, ya que representa entre el 25 por ciento y 30 por ciento de los gastos operativos de las aerolíneas, según reportes a la Bolsa Mexicana de Valores.
Por ello, es importante que existan condiciones para favorecer este medio de transporte para el traslado de pasajeros y mercancías, subrayó en un comunicado.
Entre las posibles barreras a la competencia que identificó la Cofece están: el régimen de permisos para importar turbosina impone requisitos injustificados y difíciles de cumplir, aunados a la amplia discrecionalidad de la Secretaría de Energía (Sener) para su otorgamiento.
Por ejemplo, agregó, para solicitar un permiso de importación, un potencial oferente debe tener contratos con clientes y proveedores. Esto favorece a los agentes económicos establecidos, ya que un cliente difícilmente firmará un contrato con un proveedor que no cuente con los permisos necesarios.
Además, existe escasez de infraestructura para el almacenamiento externo y su acceso es limitado, debido a que la mayoría de las terminales de almacenamiento externo son controladas por Pemex Logística y comprometidas para sí mismo en su papel de comercializador, además no publica su capacidad disponible, por lo que solo brinda el acceso a Pemex TRI.
Indicó que la mayor parte de la capacidad está comprometida para un número reducido de comercializadores, entre ellos Pemex TRI; y existe capacidad de almacenamiento comprometida que no es utilizada y podría ponerse a disposición de terceros.
Otra posible barrera es que Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) no ha concluido el proceso establecido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) en 2019 de separación funcional, operativa y contable entre sus actividades de comercialización y almacenamiento interno, situación que le otorga ventajas sobre sus competidores actuales y potenciales en la comercialización secundaria.
Además, los títulos de concesión de los aeropuertos mantienen la exclusividad de ASA en el almacenamiento interno y el expendio de turbosina, lo que limita de manera artificial la entrada de otros participantes en estos mercados.
La Cofece apuntó que la mayor parte de la capacidad de almacenamiento externo del país se encuentra contratada o reservada por Pemex TRI, lo que no permite que otros comercializadores primarios accedan a ella y generen canales de distribución eficientes, por lo que se limita la entrada y expansión.
lemm.