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Aguinaldo 2022: ¿No te lo pagaron? Conoce de cuánto es la multa para tu patrón

El aguinaldo es una prestación de ley que tienen derecho a recibir las personas trabajadoras; en caso de que los patrones no lo paguen, podrán hacerse acreedores a multas

El 20 de diciembre venció el plazo para que los trabajadores recibieran su aguinaldo
El 20 de diciembre venció el plazo para que los trabajadores recibieran su aguinaldo Foto: Especial

Este martes 20 de diciembre venció el plazo que tienen los patrones para cumplir en tiempo y forma con el pago del aguinaldo, que es el derecho que tienen las personas trabajadoras a recibir, cada año, el equivalente a 15 días de salario como mínimo.

En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

¿Qué sanción se les aplica a los patrones que no paguen el aguinaldo?

A los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa de conformidad con lo que marca el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo.

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Dicha amonestación es por el equivalente de 50 a cinco mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que de acuerdo con lo establecido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) equivale a 89.62 pesos diarios.

Así, los jefes incumplidos se harán acreedores a sanciones que van desde cuatro mil 481 hasta 448 mil 100 pesos.

¿Qué plazo tienen los trabajadores para reclamar el pago de su aguinaldo?

Los trabajadores tienen un año a partir del 20 de diciembre, en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta.

¿Ante qué autoridad pueden acudir los trabajadores para demandar el pago del aguinaldo?

Los trabajadores pueden acercarse a la Profedet para que se les oriente y determine cuál es la instancia gratuita que debe demandar el pago del aguinaldo dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa, pudiendo ser la propia Profedet o, en su caso, la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo.

Ante cualquier duda relacionada con el pago de esta prestación, la Profedet ofrece de manera gratuita los servicios de orientación, asesoría y representación jurídica.

En la Ciudad de México, atiende en su oficina ubicada en Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc; así como en su Unidad Móvil que se encuentra en distintos puntos de la Ciudad.

La ubicación se puede consultar en el sitio web de la Profedet.

En el resto de la República ofrece sus servicios gratuitos en cualquiera de sus 47 representaciones.

También da atención telefónica: 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741, además del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx y el número de WhatsApp: 55 14 84 87 37.

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