Este domingo entró en vigor el reglamento para el control de tabaco que contempla la prohibición de toda forma de publicidad y exhibición en México, como parte de las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
De acuerdo al artículo 393 de la Ley General de Salud señala que corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, la vigilancia del cumplimiento de esta ley, y demás disposiciones que se dicten con base en ella.
A nivel federal es la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) la autoridad sanitaria que en representación de la Secretaría de Salud, se encarga de vigilar el cumplimiento de la regulación antitabaco.
A nivel local, mediante convenios de coordinación con los gobiernos locales y municipios, la observancia de ambas normativas se sustenta y recae en las Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris).
DGC