Este día, la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, dio a conocer el primer periodo general de vacaciones del Servicio de Administración Tributaria, el SAT, para este verano.
Se informó, además, que estos días no se computan para efectos fiscales. Se refirió también que incluso durante este periodo de vacaciones del SAT, aquellos contribuyentes que tengan citas programadas para los días estipulados como vacaciones, podrán acudir a los módulos con normalidad, pues serán atendidos por personal de guardia.
¿Cuándo serán las vacaciones de verano del SAT?
Se anunció que las fechas de las vacaciones de verano del SAT son del 17 al 28 de julio. Los contribuyentes también tienen la opción de realizar diversos trámites a través del portal de Internet como la generación o renovación de contraseña, la renovación de la firma electrónica y más.
¿Cuáles son los trámites que puedo hacer en línea?
En este periodo de vacaciones, los trámites del SAT que se pueden hacer en línea son:
- Cambio de domicilio fiscal.
- Actualización de actividades económicas y obligaciones.
- Cierre de establecimiento.
- Apertura de establecimiento.
- Suspensión de actividades.
- Reanudación de actividades.
- Suspensión/reanudación de Actividades de asalariados.
- Generación y actualización de Contraseña.
- Renovación certificado de e.firma.
- Revocación de certificado de e.firma.
- Solicitud de certificado de sello digital.
- Declaraciones provisionales de actividades empresariales.
- Declaraciones provisionales servicios profesionales.
- Declaraciones provisionales arrendamiento.
- Declaraciones bimestrales RIF.
- Declaraciones informativas (ISR, IVA, IEPS, donativos, aportaciones).
- Declaración anual.
- Consulta o aclaración de Opinión del cumplimiento.
- Aviso de compensación.
- Consulta de trámite de devolución.
- Habilitación de Buzón Tributario y registro de medios de contacto.
- Modificación de clave de RFC.
- Estímulos región fronteriza ISR.
- Estímulos región fronteriza IVA.