Va a llegar a 6 mil pesos

¿La Pensión del Bienestar va a pasar de 65 a 63 años?

El programa de Pensión del Bienestar se entrega a las personas adultas mayores que tengan más de 65 años

Pensión del Bienestar a los 63 años
Pensión del Bienestar a los 63 años Foto: Secretaría del Bienestar

La Pensión del Bienestar es el beneficio gubernamental que favorece adultos mayores a quienes cada 2 meses se les depositan a su cuenta de banco, que también es administrada por el gobierno, la cantidad de 4 mil 800 pesos, eso actualmente, pues se sabe que para el final del sexenio del presidente López Obrador, el monto alcanzará los 6 mil pesos bimestrales.

Es a través de redes sociales que ha surgido información confusa que se ha extendido entre los beneficiarios y los que no lo son, tiene que ver con la edad que deben tener los beneficiarios de la pensión, pues se debe recordar que actualmente es de 65 años cumplidos.

Pensión del Bienestar a los 63 años

Se ha informado que la edad mínima para los adultos mayores cambiaría a 63, pero se trata de información que no es oficial, pero no es del todo falsa, se trata de la propuesta que hizo el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en septiembre de 2022.

Fue la diputada Macarena Chávez Flores quien propuso que los adultos mayores indígenas y afroamericanas tuvieran la posibilidad de tener acceso a la Pensión para el Bienestar a partir de los 63 años y no esperar a los 65.

Lo anterior no fue aprobado, pues es de recordar que se pretendía que se incluyera en Paquete Presupuestal 2023.

Adultos mayores realizan largas filas de espera en el Banco de Bienestar para poder cobrar su pensión del Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.
Adultos mayores realizan largas filas de espera en el Banco de Bienestar para poder cobrar su pensión del Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

Requisitos para la Pensión del Bienestar

  • Acta de nacimiento.
  • Documento de Identificación vigente:
  • Credencial para votar o
  • Pasaporte vigente o Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otros documentos que acrediten identidad expedidos por la autoridad correspondiente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local
Temas: