De acuerdo a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), las autoridades de las escuelas particulares están obligadas a proporcionar a los padres de familia la información suficiente para constatar que el centro escolar cuentan con validez oficial ante la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Previamente a la inscripción de cada inicio escolar, las autoridades escolares deberán informar a los padres o tutores lo siguiente:
- Que la institución cuenta con validez oficial por parte de la SEP para prestar el servicio, o en su caso que los estudios carecen de reconocimiento
- Que la escuela cuenta con la clave de registro ante la SEP. Los padres de familia pueden consultar esta información en el sitio: https://www.siged. sep.gob.mx/SIGED/ escuelas.html
Entre otros importantes derechos que tienen los padres de familia como consumidores en las escuelas particulares figuran:
- Costo total de las cuotas de inscripción o reinscripción, colegiaturas y el número de estas, cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, constancias, credenciales o algún cambio
- Calendario de pagos, descuentos por pagos anticipados o recargos por pagos extemporáneos.
- Lista de actividades opcionales, señalando las que requieran pago o indicando en donde se puede obtener la información.
- Reglamento escolar y los datos para contactar a los directivos del plantel y horarios de atención.
- La escuela no puede exigir a los padres de familia la adquisición de libros, útiles escolares y uniformes con determina dos proveedores
- Tampoco debe establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres
- Informar que en caso de dejar de aportar tres o más colegiaturas, se puede dar por terminada la relación con el alumno.
- Dar a conocer que si se da por terminada la relación con el alumno, no pueden retener la documentación oficial, la cual le deberá ser entregada a más tardar 15 días después de ser solicitada, sin costo.
LEO