¿Tú los conoces?

Estos son los derechos que tienes cuando te retiras como trabajador

Siempre será necesario que conozcas esta información, pues tu retiro no sólo se puede dar por edad, sino también por tiempo de servicio o incluso por enfermedad

La pensión variará de acuerdo a la que elijas y a tu régimen.
La pensión variará de acuerdo a la que elijas y a tu régimen.

Jubilación. Es el retiro de la actividad laboral por haber alcanzado la edad estipulada por la ley. Así queda establecida la definición que todos conocemos, al menos en México. La edad de retiro en nuestro país es de 60 años naturales o cumplidos (ante el SAR), más los años efectivamente laborados cotizados en el sistema de Seguridad Social.

Leemos la palabra “jubilación” y sí, aludimos a que también se refiere sólo a las personas que son adultas mayores, sin embargo, en el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, el trabajador debe haber trabajado alrededor de 24 años; en el caso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores, el ISSSTE, los años trabajados deberán alcanzar los 25.

La pensión variará de acuerdo a la que elijas y a tu régimen.
La pensión variará de acuerdo a la que elijas y a tu régimen.

¿Cuáles son los tipos de jubilación?

En México, existen varios tipos de jubilación que los trabajadores pueden considerar. Todos ellos tienen requisitos y condiciones, pero te contaremos cuáles son los más comunes para que los tomes en cuenta.

Jubilación por edad y tiempo de servicio

Este tipo de jubilación se da a los trabajadores que ya alcanzaron cierta edad, la cual es entre los 60 y 65 años; y que ya acumularon un periodo específico de cotización o tiempo de servicio en el sistema de seguridad social.

Jubilación por cesantía en edad avanzada

Generalmente esta clase de jubilación se da a aquellos trabajadores que al haber cumplido entre los 60 y 65 años, no han acumulado el tiempo de servicio necesario para una jubilación por edad y tiempo de servicio, pero que cumplen con un mínimo de cotizaciones. Aunque, es importante que sepas, que la pensión es menor que la que recibirías con la jubilación por edad y tiempo de servicio.

Jubilación por invalidez

Aquí es cuando los trabajadores que sufren una discapacidad permanente que les impide continuar trabajando, optan por este tipo de jubilación. Para esto es necesario un dictamen médico que confirme esta incapacidad y la cantidad varía dependiendo el grado de discapacidad y las cotizaciones que lleves acumuladas.

La pensión variará de acuerdo a la que elijas y a tu régimen.
La pensión variará de acuerdo a la que elijas y a tu régimen.

Jubilación por vejez

Bajo este tipo de jubilación es aquella que se da sin requerir un tiempo específico de servicio y la puedes solicitar una vez que alcanzas la edad de jubilación establecida por tu régimen de pensiones, incluso si no has cotizado durante un periodo prolongado.

Jubilación por riesgos de trabajo

En caso de que un accidente o enfermedad laboral que cause tu incapacidad como trabajador, puedes tener derecho a la jubilación por riesgos de trabajo. Esta pensión se calcula también en función del grado de incapacidad y puede incluir algunas compensaciones adicionales.

Jubilación por antigüedad

Esta puede ser establecida entre empleadores y trabajadores; esto significa que un empleado puede jubilarse después de haber trabajado un número específico de años en una empresa, esto es independiente a su edad.

Jubilación por voluntad propia 

Los trabajadores, en este caso, pueden elegir jubilarse por su propia voluntad, una vez que cumplan con los requisitos de edad y tiempo de servicio establecidos por el régimen de pensiones. Aquí se accede a la jubilación por elección propia y tienes derecho a ciertos conceptos que debes recibir.

Temas: