Derechos de los trabajadores

¿Cómo calculo la prima de antigüedad para que no me paguen menos en mi trabajo?

Si lo que quieres es saber calcular tu prima de antigüedad para que no te den menos en tu trabajo, La Razón te dice cómo puedes calcularla

Prima de antigüedad en México.
Prima de antigüedad en México. Foto: La Razón

La prima de antigüedad es una prestación laboral a la que tienen derecho todos los trabajadores, de acuerdo a lo que dicta la Ley Federal del Trabajo. Esta se paga cuando estos empleados y empleadas cumplen cierto tiempo trabajando en la misma empresa.

Esta prima de antigüedad, además, se paga a aquellos trabajadores y trabajadoras que se separan de manera voluntaria de su empleo, siempre y cuando hayan cumplido este tiempo del que te hablamos y se estipula en la Ley Federal del Trabajo.

También se paga a quienes se separen por causa justificada y a los que son separados de su empleo, sin importar la justificación o injustificación del despido.

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¿Cómo calculo la prima de antigüedad para que no me paguen menos en mi trabajo?

La prima de antigüedad consiste en el pago de doce días de salario por cada año de servicios. Por ejemplo, si al día tú ganas el mínimo, que son 172 pesos con 87 centavos y llevas trabajando en esa empresa quince años, entonces deberás primero multiplicar esos 172 pesos con 87 centavos por 12 días.

El resultado es dos mil 74 pesos. Esa cantidad deberás multiplicarla por 15, que son los años que llevas trabajando en esa empresa. El resultado es 31 mil 116 pesos. Eso es lo que te deberían de pagar de prima de antigüedad, por esos 15 años trabajados, en caso de que ganes el mínimo.

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calculadora ı Foto: Adobe Stock

Además de los que cumplan 15 años, ¿quién más tiene derecho a la prima de antigüedad?

La prima de antigüedad no sólo se entrega a aquellos que cumplieron 15 años en la empresa, sino también a quienes se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, no importan las causas.

Si el trabajador fallece, sin importar cuál sea la antigüedad, se pagará la prima a la viuda, viudo o hijos. La prima de antigüedad se paga por ley al trabajador y no puede ser sustituto de finiquito o indemnización de despido injustificado, de acuerdo a lo que indica la LFT.

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