Esto es posible

¿Cómo le hago para que el SAT me pague la consulta con el psicólogo?

En caso de que acudas con el psicólogo para tener una salud mental óptima, te decimos lo que necesitas para hacer este gasto deducible

La consulta con el psicólogo, es deducible de impuestos. La Razón

Hace poco se conmemoró el día de la salud mental. Cuando hablamos de estos temas, recordamos cómo es que la tenemos sumamente descuidada al hablar de cómo se ve desgastada por los temas laborales, los escolares, los de la vida diaria.

Aunque sabemos que debemos cuidarla y priorizarla, tener acceso a un psicólogo es también considerado un privilegio, por lo que si tienes la posibilidad de pagar una consulta, hay manera en que puedes hacer este gasto deducible de impuestos y nosotros hoy te decimos lo que necesitas para esto.

¿Cómo le hago para que el SAT me pague la consulta con el psicólogo?

El estudio "360 Wellbeing Survey 2019: Well and beyond", indica que las tres principales fuentes de estrés son las finanzas personales, la carga de trabajo y la salud personal. Si acudes con el psicólogo para que te ayude cuando la situación ya rebasa ciertos límites, puedes deducir este gasto ante el Servicio de Administración Tributaria.

Para que puedas deducir en tu declaración anual de ISR la consulta con el psicólogo, necesitas:

  • Que los servicios profesionales en materia de psicología u honorarios médicos de psiquiatría, sean prestados por personas con título profesional legalmente expedido
  • ​Pagar con medios bancarizados, ya sea transferencia, tarjeta de crédito o débito, cheques, pero no efectivo
  • ​Contar con CFDI que ampare el servicio que te prestaron
  • ​Uso de CFDI: D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
La consulta puede ser deducible de impuestos.

¿Cuáles otras deducciones se pueden hacer ante el SAT?

Las otras deducciones que se pueden hacer ante el SAT son:

  • Por honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
  • ​Medicinas incluidas en facturas de hospitales
  • ​Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud que dan las instituciones públicas de seguridad social
  • ​Transporte escolar de hijos o nietos en caso de que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura de todos los alumnos
  • ​Intereses de créditos hipotecarios o destinados a tu casa habitación
  • ​Donativos que no se otorguen como pago o cambio de servicios recibidos, cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos
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