¿Para quiénes será obligatoria?

¿Qué es la Carta Porte del SAT y por qué la necesitas a partir del 1 de enero?

El 2024 viene con diversas modificaciones en el Servicio de Administración Tributaria, por lo que deberás mantenerte al tanto de cuáles son para ti

Carta Porte.
Carta Porte. La Razón

Todo lo relacionado con la elaboración, registro, envío y cobro de facturas, resultan elementos necesarios a la hora de enviar información si cuentas con una resolución particular relacionada con comprobantes fiscales. Si escuchas hablar de un concepto llamado Carta Porte, entonces pon atención a lo siguiente porque para el 2024 habrá algunos cambios implementados por el Servicio de Administración Tributaria.

Desde octubre pasado y con la finalidad de que los contribuyentes cumplan de una manera más fácil con la emisión de facturas electrónicas con complemento Carta Porte para el traslado de bienes o mercancías en México, el SAT realizó actualizaciones para mejorar su uso con la publicación de la versión 3.9 en el portal de Internet.

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¿Qué es la Carta Porte del SAT?

A partir del 1 de enero de 2024, la versión válida para sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, conocidos como CFDI o facturas electrónicas con complemento Carta Porte, será la versión 3.0.

La Carta Porte es un documento fiscal que se emite para amparar el traslado de mercancías en territorio nacional. Con esta Carta Porte, el conductor se hace responsable legalmente de dicho flete y le da derechos sobre la mercancía que traslada. Con ella también se constata la autenticidad de la carga en términos de legalidad de la mercancía, al ser un escrito de naturaleza declarativa.

Transporte de mercancía.
Transporte de mercancía.

¿Quién estará obligado a emitir esta Carta Porte actualizada en el 2024?

  • Dueños de mercancías: Propietarios de las mercancías y que estas formen parte de sus activos.
  • Intermediarios / agente de transporte: Son quienes toman sesión de la legal tenencia de las mercancías, contratan el medio de transporte por el cual se van a trasladar y dan seguimiento al traslado de las mercancías.
  • Transportista: Dueños de camiones, barcos, aviones, etc. Quienes son contratados por el dueño de la mercancía o un intermediario, para que por medio de su equipo sean trasladadas dichas mercancías.

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