Son de descanso obligatorio

Estos días te tienen que pagar doble en tu trabajo en este 2024, según la LFT

La Ley Federal del Trabajo es clara al respecto: estos días deben pagártelos doble si los llegas a trabajar

Si trabajas estos días festivos en 2024, deberán pagártela doble.
Si trabajas estos días festivos en 2024, deberán pagártela doble. Cuartoscuro

En México, hay varios días de descanso obligatorio estipulados en la Ley Federal del Trabajo, los cuales, si llegas a trabajarlos, tendrían que pagártelos de diferente manera que los días de trabajo normales. Es necesario que lo tengas claro para evitar desacuerdos entre tú y tus jefes, aunque no tendría que haber ninguno si se sigue la ley tal y como está establecida.

¿Qué días me tienen que pagar doble en mi trabajo este 2024?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en donde están determinados los días de descanso obligatorios, los empleadores deben pagar doble a sus trabajadores si laboran los siguientes días que son de descanso estipulado por el Gobierno de México, a través de la LFT:

TE RECOMENDAMOS:
El primer puente de marzo ya está muy cerca.
  • Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
  • ​1 de mayo.
  • ​16 de septiembre.
  • ​1 de octubre de cada seis años cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • ​El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • ​25 de diciembre.
  • ​El día que terminen las leyes federales y locales electorales para las elecciones ordinarias.

Recordemos que los primeros días que fueron de descanso obligatorio en México, fueron el 1 de enero y el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero. Si trabajaste esos días, debieron haberte pagado doble.

Si trabajas estos días festivos en 2024, deberán pagártela doble.
Si trabajas estos días festivos en 2024, deberán pagártela doble.

¿Cuándo se aplica el pago triple?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el artículo 75 establece que si los trabajadores y empleadores llegan a un acuerdo para que trabajen en esos días de descanso obligatorios, entonces tendrán derecho a recibir, además del salario correspondiente al descanso obligatorio, un salario doble por el servicio, es decir, les pagarían triple.

Recordemos también que en caso de que algunos de estos días festivos "caiga" en domingo, entonces el empleador deberá cubrir el pago de la prima dominical, la cual está establecida en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

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