Muchas dudas surgen con respecto al régimen de salarios, pues los trabajadores, no están obligados a presentar al declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que tanto revuelo causa entre los contribuyentes, pero a algunos se les olvida, que no siempre es así.
Los trabajadores tienen ingresos por los que se pagan impuestos, estos son: el aguinaldo que recibes de hasta 30 unidades de medida y actualización, de la prima vacacional hasta de hasta 15 unidades de medida y actualización y del reparto de utilidades que te da la empresa hasta 15 unidades de medida y actualización.
Trabajadores pueden presentar su declaración
Los trabajadores también pueden presentar su declaración anual si así es que lo desean, y pueden deducir los siguientes gastos personales:
*Gastos médicos, dentales, hospitalarios, incluyendo servicios profesionales de psicología y nutrición.
*Gastos funerarios.
*Intereses reales y devengados por créditos hipotecarios.
*Donativos.
*Lentes.
*Colegiaturas.
De pendiendo de las deducciones es probable que obtengas un saldo a favor.
Cuánto se puede deducir por utilizar lentes
Como se mencionó en las líneas de arriba, uno de los gastos que son propicios para deducir en el caso de que seas un trabajador que quiere presentar su declaración anual, es el de los lentes, pero es importante que sepas cuáles son las condiciones.
No estamos hablando de cualquier tipo de anteojos, se trata de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales y el valor de estos puede ser de hasta 2 mil 500 pesos.
Así que si decides presentar tu declaración y usas lentes, no te olvides de pedir tu factura, esto con el fin de deducir el gasto de los lentes.
Si tienes cualquier duda, el servicio pone a tu disposición la línea de teléfono 55 627 22 728 MarcaSAT.