Situación fiscal

¿Le debes al SAT? Da facilidades a meses con los siguientes intereses

El organismo dio a conocer dos modalidades para pagar adeudos fiscales

El SAT lanza una opción para los contribuyentes con adeudos.
El SAT lanza una opción para los contribuyentes con adeudos. Pixabay / FlyFin Inc

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas, tanto físicas como morales contribuyan proporcionalmente al gasto público. Por ello, en su portal están habilitadas distintas herramientas para que las obligaciones y derechos de los contribuyentes se puedan ejercer con facilidad.

Aunque, el SAT es un organismo que también se encarga del beneficio de millones de mexicanos, muchas personas le temen porque no conocen a profundidad como llevar su situación fiscal, y esto ha llevado a que tengan un endeudamiento con la dependencia. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria ha lanzado un comunicado que podría ser de tu interés.

El SAT pone a disposición de los contribuyentes formas de pago en sus adeudos.
El SAT pone a disposición de los contribuyentes formas de pago en sus adeudos.

Este martes 15 de octubre de 2024, a través de X (antes Twitter) el SAT dio a conocer las facilidades de pago para que contribuyentes con adeudos regularicen su situación fiscal. De acuerdo con el comunicado, si se requiere más información, se puede acudir a una oficina, o mediante los medios de atención remota, recibir orientación.

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¿De que tratan las facilidades de pago del SAT?

La dependencia informó que las personas físicas y morales con adeudos autodeterminados (declaraciones), pueden solicitar un pago a plazos, la reducción de multas, y tasa de recargos. Para regularizar su situación fiscal mediante facilidades de pago, se tienen como opción hasta 36 parcialidades, y una reducción de hasta 100% de la multa. Además, el contribuyente puede elegir entre dos modalidades de pagos a plazos.

Pago en parcialidades: El comunicado del SAT establece que el adeudo se puede liquidar hasta en 36 meses, con un pago inicial de por lo menos el 20%, y una tasa de interés fija, esto de acuerdo a las parcialidades elegidas, las cuales son:

De 1 a 12 meses la tasa es de 1.26%.
​De 13 a 24 meses la tasa es de 1.53%.
​De 25 a 36 meses la tasa es de 1.82%.

Pago diferido: Por otra parte, en la segunda modalidad también se inicia con un pago inicial de por lo menos 20%, sin embargo el contribuyente puede elegir cuando quiere liquidar el resto del adeudo en una sola exhibición, pero no debe exceder un plazo mayor a 12 meses.

Para que estos beneficios sean fructíferos, es indispensable que los contribuyentes realicen el pago de la parte no reducida dentro del plazo concebido. A la vez, el SAT, dijo que cada caso era particular, por lo cual se invita a los interesados a programar una cita.

Finalmente, la dependencia indicó, "Con estas acciones, el SAT reitera su compromiso de promover la responsabilidad social y la importancia de la contribución de todos los ciudadanos en la construcción del bien común, mediante el cumplimiento de las obligaciones fiscales".

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