Medida de apoyo por emergencia sanitaria

Banxico amplía a febrero el plazo para pago mínimo en tarjetas de crédito

El banco central busca propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos; también dar certeza jurídica a las entidades financieras

Fachada del Banco de México.
Fachada del Banco de México. Foto: larazondemexico

El Banco de México (Banxico) extendió hasta febrero de 2021 el plazo a partir del cual las entidades financieras que están obligadas a cobrar los montos de pago mínimo aplicables a créditos, préstamos o financiamientos revolventes, como parte de las medidas de apoyo por la pandemia de COVID-19.

En una circular publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el instituto central publicó modificaciones a las medidas provisionales en materia de montos de pago mínimo aplicables a créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a tarjetas de crédito, en relación con la pandemia de Covid-19.

Esto, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero, proteger los intereses del público y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, así como de dar certeza jurídica a las entidades financieras.

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Fachada del Banco de México.

Señaló que ante las circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19 y la forma en que se ha desarrollado en fechas recientes, ha resuelto adicionar unos párrafos a la Circular 22/2020, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 2 de junio de este año.

Así, refirió que las entidades financieras no quedarán obligadas a realizar el cobro de los correspondientes montos de pago mínimo calculados conforme a las disposiciones sobre tarjetas, para los periodos de pago comprendidos entre octubre de 2020 y enero de 2021, respecto de aquellos créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a tarjetas.

Esto, cuando se ubiquen en casos en que se cumpla con las siguientes condiciones: Los créditos, préstamos y financiamientos referidos sean objeto de programas que se mantengan vigentes por periodos que no excedan del 31 de enero de 2021, establecidos por las propias entidades financieras para fomentar la viabilidad del pago de dichos créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a tarjetas.

Asimismo, al amparo de los programas referidos en el inciso anterior, los acreditados o deudores hayan convenido con las entidades financieras respectivas abstenerse de realizar el pago del monto de pago mínimo correspondiente por periodos consecutivos que finalicen entre octubre de 2020 y enero de 2021.

El Banxico apuntó que las entidades financieras que se ubiquen en este supuesto quedarán obligadas a cobrar los montos de pago mínimo establecidos en las disposiciones de tarjetas a partir de febrero de 2021 o, en caso de que los esquemas referidos concluyan antes de dicho mes, la obligación de cobro se hará exigible a partir del periodo de cobro inmediato siguiente a aquel en que concluya el programa respectivo.

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