Por decisión de la SCJN

A partir de esta fecha, los bancos deberán devolverte el dinero de cargos no reconocidos en tu tarjeta de débito

Si tienes tarjeta de débito y en tu estado de cuenta aparecen cargos no reconocidos, la SCJN obliga a los bancos a devolverte ese dinero

Los cargos no reconocidos deberán reembolsarse al cliente.
Los cargos no reconocidos deberán reembolsarse al cliente. Especial

¿Te ha pasado que revisas tu estado de cuenta o los movimientos en tu app para checar el saldo de tu tarjeta de débito y te encuentras con algunos movimientos que no reconoces? Para que te pudieran devolver ese dinero, tenías que realizar muchos trámites burocráticos, tantos, que preferías darlo por perdido si no era una cantidad considerable. Cuando lo era, los bancos generalmente se deslindaban de esa responsabilidad y no había devolución alguna.

Ahora, por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los bancos están obligados a devolverte tu dinero más intereses. ¿Quieres saber a partir de cuándo? En La Razón te lo revelamos.

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A partir de cuándo los bancos deberán devolverte el dinero de cargos no reconocidos

El pasado 4 de agosto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dictaminó que los bancos están obligados a conservar y devolver el dinero que reciben los tarjetahabientes, así que en caso de realizarse un cargo no reconocido a una tarjeta de débito, deberán responder por el monto.

Los cargos no reconocidos deberán reembolsarse al cliente.
Los cargos no reconocidos deberán reembolsarse al cliente.

Si no lo hacen, deberán pagar intereses moratorios de un 6 por ciento anual, contabilizados a partir de la fecha en la que el tarjetahabiente dio aviso de cargo indebido que no reconoció. La misma SCJN indicó que la responsabilidad por el descuido del dinero surge desde que se detecta su indebida disposición y no hasta que haya una resolución que obligue al banco a devolverlo.

Desde el 7 de agosto, los bancos están obligados entonces a dar la razón al tarjetahabiente y, por su parte, los jueces están obligados a observar el criterio del pago de intereses en cualquier caso similar en el que los clientes de los bancos no reconozcan ciertos gastos.

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