Sin excepción alguna, los centros de trabajo en el país deberán pagar el aguinaldo a sus empleados antes del 20 de diciembre. Según la ley, esta gratificación debe ser lo equivalente, por lo menos, a 15 días de trabajo.
Esta remuneración, obligatoria desde 1970, la deben recibir empleados de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Además, el artículo 87 de la ley establece que quienes hayan laborado menos de un año tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo de servicio, independientemente de que ya no estén en la empresa o trabajen para una compañía distinta.
Para el cálculo del aguinaldo se contemplan los periodos vacacionales, las licencias de maternidad (pre y post natales) y de paternidad, los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo.
También se debe considerar el periodo en el que un trabajador se haya encontrado imposibilitado para presentarse a laborar, siempre y cuando, haya dado aviso a su empresa.
Los empleados que no reciban su aguinaldo a más tardar el 19 diciembre pueden iniciar, a partir del día siguiente, el trámite de juicio o conciliación por incumplimientos, casos en los que la Profedet solicitará la intervención de la Inspección Federal del Trabajo.
Fórmula de un pago justo de aguinaldo:
Primero debes obtener tu salario diario: divide tu sueldo mensual entre 30, que son los días del mes.
Una vez que sepas lo que ganas al día, multiplica la cantidad por 15, que son los días mínimos de salario que debes recibir, y ¡listo! eso te depositarán antes del 20 de diciembre.
Aquí un ejemplo con un salario de 10 mil pesos mensuales por un año laborado con aguinaldo mínimo de quince días.
- Salario diario:
$10 000/30 días =$333.33
- Importe de aguinaldo: $333.33 X 15=5 mil pesos
Seis meses de trabajo
En caso de que sólo acumules medio año de labores debes tomar en cuenta que los días de aguinaldo que te corresponden son proporcionales al tiempo laborado, en este caso ascenderán a la mitad, 7.5:
- Salario diario:
$10 000/30 =$333.33
- Importe de aguinaldo:
$333.33X7.5= 2 mil 500 pesos
Tres meses de trabajo
Si tu antigüedad en una empresa es de tres meses la parte proporcional de días correspondientes a pago de aguinaldo es de 3.7:
- Salario diario:
$10 000/30 =$333.33
- Importe de aguinaldo:
$333.33 X 3.7=mil 250 pesos
kl