México, el segundo mercado más importante en AL
Va Cofece por mercado de publicidad digital
Prácticas consisten en las ventas atadas, elevación de costos, obstaculización del proceso productivo o reducción de la demanda de otros agentes económicos
![Alejandra Palacios Prieto, comisionada presidente de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece). Alejandra Palacios, comisionada presidente de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).](https://imagenes.razon.com.mx/files/image_940_470/uploads/2020/08/24/5f43fa29b996b.jpeg)
A través del Diario Oficial de la Federación, la Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) publicó el aviso de inicio de investigación por la posible realización de prácticas monopólicas en el mercado de servicios de publicidad digital y servicios relacionados.
En el documento que también puede ser consultado a través de su página, el regulador afirma que dichas prácticas consisten en las compras o ventas atadas y/o la elevación de costos, obstaculización del proceso productivo o reducción de la demanda de otros agentes económicos.
La Cofece destacó que este modelo de negocios digital es, en la actualidad, uno de los mercados más importantes para publicitarse en México, toda vez que la economía digital ha creado nuevas categorías de productos y servicios.
Indicó que la publicidad digital y sus servicios relacionados han permitido a los internautas contar con mayores opciones para buscar contenido, comparar y comprar distintos bienes y servicios; y en el caso de los anunciantes, cuentan con nuevos medios para promocionar sus campañas.
Derivado del creciente uso de medios digitales por los consumidores, en 2019, México fue el segundo país de América Latina con más inversión y mayor crecimiento en publicidad digital, con una tasa anual del 20 por ciento.
La Cofece señaló que esta investigación, identificada con el expediente IO-003-2020, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno; sin embargo, señaló que de comprobarse la realización de una práctica monopólica relativa, los agentes económicos responsables podrían ser sancionados con multas de hasta 8.0 por ciento de sus ingresos y la orden de suprimir la conducta.
El plazo para esta indagatoria es hasta de 120 días hábiles, contados a partir del 10 de agosto de 2020, fecha en que dio inicio la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.
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