Declaración anual

Y tú, ¿sabes cómo hacer tu declaración de impuestos?

Aquí te contamos las implicaciones del pago de impuestos y te damos algunas recomendaciones para tu declaración anual

Para el ejercicio 2020, la fecha límite para personas físicas es el 30 de abril de 2021.
Para el ejercicio 2020, la fecha límite para personas físicas es el 30 de abril de 2021. Foto: larazondemexico

Los impuestos son aquellas cantidades de dinero que los ciudadanos estamos obligados a pagar al estado. El dinero recaudado resulta fundamental para las finanzas públicas, pues gracias a él estados y municipios logran tener recursos suficientes para satisfacer necesidades públicas como seguridad, salud, educación y cultura.

En general, en México existen tres categorías de impuestos:

—Impuestos federales como el IVA

—Impuestos estatales como la tenencia

—Impuestos municipales como el pago del predial

Dentro de los impuestos federales está el Impuesto Sobre la Renta (ISR), del cual anualmente se debe presentar la declaración. Para el ejercicio 2020, la fecha límite para personas físicas es el 30 de abril de 2021.

Si perteneces al Régimen de Servicios Profesionales, emites comprobantes de honorarios, tienes actividad empresarial, cobras rentas y recibes intereses o dividendos, estás obligado a presentar tu declaración anual. Si recibes un sueldo también debes declarar tus impuestos o si te encuentras en alguno de los siguientes supuestos estás obligado a presentarla:

—Tuviste ingresos anuales mayores a 400 mil pesos durante 2020

—No laboraste el ejercicio completo

—Tuviste más de un empleador

—Solicitaste que no se te hiciera ajuste anual por parte de la empresa donde laboras

Si no cumples con ninguno de los supuestos anteriores, también puedes presentar tu declaración anual de manera voluntaria y en caso de tener deducciones personales a favor, podrás solicitar la devolución de tu saldo. Considera que esta devolución puede ayudar a sanear tus finanzas, reducir tus deudas o cumplir tus metas de ahorro o inversión.

Para efectos de deducibilidad, considera gastos referentes a créditos hipotecarios, colegiaturas, transporte escolar, donativos a instituciones autorizadas, aportaciones complementarias a la AFORE, honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

Por disposición oficial, tu declaración se encontrará precargada en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y en ella se mostrarán todos los pagos de nómina reportados con tu RFC. Es importante que valides tu información revisando que cada uno de tus recibos de nómina contenga el sello y cadena digital y que tu RFC sea correcto.

Toma en cuenta las siguientes recomendaciones para presentar tu declaración anual con el mayor éxito:

—Genera y/o actualiza tu contraseña en el portal del SAT

—Valida que tu RFC sea correcto (a 13 dígitos con homoclave)

—Elabora un concentrado de las Percepciones e ISR reflejadas en tus recibos de nómina

—Ingresa al portal del SAT y en la sección de visor de nómina verifica que la información sea correcta

—Ten listo el número de cuenta CLABE de 18 dígitos de tu cuenta bancaria, ya que en caso de tener saldo a favor, deberás ingresarlo

Ante cualquier duda o eventualidad acércate al SAT, comunícate a MarcaSAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México, o 01 55 627 22 728 del resto del país, baja la App SAT Móvil, que te permitirá acceder a los servicios ofrecidos por el SAT desde tu celular.

Si tienes una queja o reclamación para alguna autoridad fiscal, acércate a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), este organismo público descentralizado te proporcionará de forma gratuita, ágil y sencilla servicios de orientación, asesoría, consulta, representación legal y defensa.

Fuente: Juan Luis Ordaz, director de Educación Financiera Citibanamex

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