Pon atención 

¿Te llegó un depósito de 100,000 pesos? Esto es lo que debes informarle al SAT

Deben avisar al SAT personas físicas o morales, por concepto de contraprestaciones o donativos superiores a 100 mil pesos

¿Te llegó un depósito de 100,000 pesos? Esto es lo que debes informarle al SAT
¿Te llegó un depósito de 100,000 pesos? Esto es lo que debes informarle al SATFoto: Pixabay
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Mucho se habla de la vigilancia que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y cuando se trata de depósitos, los contribuyentes ponen mucha atención, pues lo ideal es evitar cualquier problema que se pudiera dar con dicho organismo.

De acuerdo con lo que publica en su portal web, se sebe presentar una declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a 100 mil pesos.

Qué hacer si te depositan más de 100 pesos ante el SAT

Se debe avisar al SAT, ello lo deben hacer las personas físicas y morales que por concepto de contraprestaciones o donativos, reciban en sus cuentas bancarias una cantidad superior a 100 mil pesos.

De acuerdo con lo que dicta el SAT, dicha declaración informativa se debe realizar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se realice la operación que involucre más de la cantidad antes mencionada.

Qué hacer si te depositan más de 100 pesos ante el SAT

Se debe avisar al SAT, ello lo deben hacer las personas físicas y morales que por concepto de contraprestaciones o donativos, reciban en sus cuentas bancarias una cantidad superior a 100 mil pesos.

De acuerdo con lo que dicta el SAT, dicha declaración informativa se debe realizar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que se realice la operación que involucre más de la cantidad antes mencionada.

Lo presentan:

“ 1. Las personas físicas con ingresos por actividades empresariales y profesionales que hayan recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.), considerando el monto consignado en el comprobante que se expida.

2. Los contribuyentes que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por el uso o goce temporal de bienes inmuebles que hayan recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.), considerando el monto consignado en el comprobante que se expida.

3. Las personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación que hayan recibido contraprestaciones en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $100,000.00 (Cien mil pesos00/100 M.N.), considerando el monto consignado en el comprobante que expida”. 

Cómo se realiza

El servicio está disponible en línea aquí puedes hallar el formato informativo que debes llenar con tus datos privados, tanto personales como fiscales, para hacerlo necesitas tu contraseña y tu e.firma.