Ahora que el fin de año se puede ver en el horizonte, muchos trabajadores por honorarios se preguntan si tienen derecho a recibir aguinaldo este 2023.
Sin embargo, lo primero que se debe aclarar es que en esta figura laboral no existe un vínculo entre el empleado y el patrón.
De manera que al no existir la subordinación como elemento distintivo de la relación laboral, este aspecto queda sujeto a la autonomía de la voluntad de las partes contratantes.
En este sentido, la Procuraduría Federal del Trabajo indica que los trabajadores contratados por honorarios no tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo, aunque hay una excepción.
Si cobras por honorarios y cubres una jornada de trabajo máxima legal de hasta 8 horas diarias para un sólo patrón, además de que recibes instrucciones de un superior inmediato y tienes un lugar fijo dentro de la empresa, entonces sí tienes derecho a aguinaldo.
¿Quiénes sí tienen derecho a aguinaldo?
Por el contario, la normativa establece que dicha prestación laboral sí aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón y cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo.
Los trabajadores que sí tienen derecho al pago del aguinaldo son los empleados de confianza, base, planta, contratados por obra o tiempo determinado, sindicalizados, eventuales, comisionistas, agentes de comercio y seguros y vendedores.
Dicho lo anterior, cabe precisar que el pago del aguinaldo es un derecho establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Contempla el pago de al menos 15 días de salario diario para los trabajadores que han laborado durante un año en la empresa. De no ser así, éste será proporcional.
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Leo