Protección al consumidor

Profeco dice si puedes recuperar tu dinero en caso de cancelar tu boleto de avión

Si cancelaste tu vuelo, Profeco te explica cuánto tiempo tienes para recuperar tu dinero o, por lo menos, una parte de él

Vuelo cancelado.
Vuelo cancelado. La Razón

Ya sea porque te equivocaste y pusiste mal un dato o porque tienes una emergencia y no puedes volar en la fecha pactada... Hay muchas razones por las que podrías verte en la necesidad de cancelar tu vuelo. El gasto es una de las cosas más preocupantes. Comprar un vuelo no es tan barato, aún teniendo aerolíneas que los ofrecen a bajo costo, por lo que te preguntarás si hay alguna forma de recuperar el monto o, por lo menos, una parte de él.

La Procuraduría Federal del Consumidor te explica los pasos a seguir en caso de que sí puedas solicitar el reembolso, para que no tengas todo que perder. Como pasajero, indican, tienes derechos que debes hacer valer a la hora de un imprevisto así.

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¿Puedo recuperar mi dinero en caso de cancelar mi vuelo?

En caso de que seas tú quien por una u otra razón canceles tu vuelo, la Profeco indica que tienes determinado tiempo para pedir a la aerolínea la devolución del precio de tu boleto, esto de acuerdo a lo que establece el artículo 47 BIS, fracción VII de la Ley de Aviación Civil. El plazo es de 24 horas.

Si no lo haces dentro de este tiempo, entonces dejas que la aerolínea determine las condiciones de la cancelación de tu boleto de avión, las cuales deberán ser en beneficio del pasajero, como lo marca la ley. Si quieres únicamente recuperar la Tarifa de Uso Aeroportuario, la famosa TUA, entonces deberás ponerte en contacto con la aerolínea en la que compraste tu vuelo, para que te indiquen el proceso para que se te deposite la devolución, la cual puede tardar de 24 horas a 30 días después de la cancelación de tu boleto de avión.

Vuelo cancelado en México.
Vuelo cancelado en México.

¿Qué pasa si es la aerolínea la que cancela mi vuelo?

Si la aerolínea es la que cancela tu vuelo, entonces te deben reembolsar de manera íntegra, además de una indemnización no menor al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje. En este sentido, también tienes derecho a elegir el transporte que sustituya en el primer vuelo disponible, alimentos y alojamiento (de ser necesario) además de transporte terrestre desde y hacia el transporte terrestre o transporte en fecha posterior al mismo destino.

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