El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, aprobada por el Congreso de la Unión, fue publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con lo cual entrará en vigor mañana.
De acuerdo con las modificaciones a la Ley de Hidrocarburos aprobadas por diputados y senadores, a partir de una iniciativa del Ejecutivo federal, las autoridades del sector energético podrán suspender permisos para operar hidrocarburos de empresas que pongan en riesgo la seguridad nacional, energética y la economía del país.
El decreto sobre la Ley de Hidrocarburos faculta a la Secretaría de Energía (Sener) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para revocar permisos, cuando los titulares de los mismos cometan el delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
Además, plantea que se puedan suspender los permisos expedidos a permisionarios, cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, energética o para la economía nacional.
La modificada Ley de Hidrocarburos establece la revocación de permisos de operación para los concesionarios que reincidan en el incumplimiento de las disposiciones relacionadas a la cantidad, calidad y medición de hidrocarburos y petrolíferos.
Eleva a rango legal las disposiciones normativas establecidas en la política de almacenamiento mínimo de petrolíferos, y dispone que el otorgamiento de los permisos estará sujeto también a la capacidad de almacenamiento que determine la Sener.
El decreto a la Ley de Hidrocarburos establece que todos aquellos permisionarios que pudieran ser perjudicados en su esfera jurídica y sus derechos, podrán solicitar en el marco de la normatividad de la materia correspondiente, el pago de las afectaciones correspondientes.
Refiere que a la entrada en vigor se revocarán los permisos respecto de los cuales se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o que infrinjan las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.
A su entrada en vigor, la CRE y el Servicio de Administración Tributaria, en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo los actos conducentes para verificar el cumplimiento de las disposiciones aplicables en materia de medición de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, de conformidad con lo previsto en las disposiciones jurídicas correspondientes.
EGC