Listas, reglas de origen del T-MEC; concluye acuerdo

México, Estados Unidos y Canadá concluyeron las negociaciones de las regulaciones uniformes del T-MEC, informó la SE; el texto estará sujeto a revisión legal

Las reglamentaciones buscan proporcionar orientación útil para un mejor cumplimiento de las reglas del Tratado.
Las reglamentaciones buscan proporcionar orientación útil para un mejor cumplimiento de las reglas del Tratado. Foto: Especial

La Secretaría de Economía (SE) informó que este miércoles México, Estados Unidos y Canadá concluyeron las negociaciones de las regulaciones uniformes del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Las Reglamentaciones Uniformes instruyen a las tres naciones a adoptar o mantener, mediante sus respectivas leyes o regulaciones, la interpretación, aplicación y administración de dichos capítulos, de acuerdo con el artículo 5.16 del tratado, con el fin de dar certidumbre jurídica y claridad en la aplicación de las disposiciones.

La dependencia señaló que para su elaboración, el equipo técnico de la Subsecretaría de Comercio Exterior mantuvo una coordinación permanente con las áreas competentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como una cercana comunicación con el sector productivo mexicano, representantes de cámaras y asociaciones.

Luz María de la Mora, subsecretaria de Comercio Exterior, dijo que 70 por ciento de las Reglamentaciones Uniforme son iguales a las del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y el 30 por ciento restante tiene que ver con los capítulos del cuatro al siete del nuevo acuerdo.

Señaló que a un mes de la entrada en vigor del T-MEC (1 de julio), aún hay tres pendientes: la ratificación del acuerdo en materia de cooperación ambiental entre los tres países, mismo que ya está en el Senado de la República para su aprobación.

Además, apuntó, faltan modificaciones a legislaciones para hacerlas compatibles con el tratado, sobre todo temas como derechos de autor y propiedad intelectual, así como otros instrumentos administrativos que serán publicados a través del Diario Oficial de la Federación (DOF).

JVR