El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió al 31 de diciembre de 2022 el plazo para el uso de la factura electrónica con complemento Carta Porte sin aplicación de multas y sanciones, cuya aplicación obligatoria estaba prevista para entrar en vigor el 1 de octubre próximo.
El organismo recaudador informó que el objetivo de esta ampliación es continuar con la reactivación económica y que el sector transporte se adapte al uso de la factura electrónica con complemento Carta Porte, que es una especie de “pasaporte” para las mercancías transportadas.
Se amplía al 31 de diciembre de 2022 el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en caso de que la misma no se emita cumpliendo todos los requisitos aplicableaServicio de Administración Tributaria
Agradeció a los contribuyentes que han implementado el uso de la factura con complemento Carta Porte con todos sus requisitos y se hace una invitación a aquellos que faltan para que lo lleven a cabo dentro del nuevo plazo.
El SAT reiteró su compromiso de mejorar los trámites y servicios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
Originalmente el uso obligatorio del complemento Carta Porte inició a partir del 1 de enero de 2022, para todas las personas físicas y morales que transporten bienes y/o mercancías en territorio nacional, incluso a través de sus propios medios, pero el SAT dio un periodo de transición hasta el 30 de septiembre.
El objetivo de esta disposición es generar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
RFH