El plazo oficial para que las personas físicas cumplan con la presentación de su Declaración Anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2021 venció ayer, pero todavía tendrás unas horas extras para cumplir con esta obligación.
El periodo para que las personas físicas presenten su Declaración Anual 2021 inició el 1 de abril y legalmente concluyó el 30 de abril, pero debido a que esta fecha cayó en sábado, que fue un día inhábil, de acuerdo el artículo 12 del Código Fiscal de la Federación la fecha límite se recorre al siguiente día hábil, que en este caso es mañana lunes 2 de mayo.
“El periodo de Declaración Anual para personas físicas termina este mes, pero como el 30 de abril cae en sábado, el último día va a ser el 2 de mayo; para todos los que anden retrasados, todavía el 2 de mayo pueden pagar”, dijo en entrevista radiofónica la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro.
En abril declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
Sueldos y Salarios:
- De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
- Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
- Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
- Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
- Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
- Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
Servicios profesionales
- Aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios
Actividades empresariales, incluyendo:
- Plataformas tecnológicas.
- Actividades empresariales en la región fronteriza.
- Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
Cobrar rentas por algún bien inmueble
- Departamento
- Casa
- Local comercial
Reciben intereses o dividendos
Enajenaron bienes
- Si vendieron algún bien
Adquisición de bienes
- Si compraron algún bien