La ilegalidad de la austeridad

En enero pasado, tras un difícil arranque de año en términos económicos –con un estrepitoso aumento en los precios de la gasolina y el tipo de cambio por arriba de los veinte pesos por dólar–, el Instituto Nacional Electoral tomó la determinación de anunciar una serie de medidas de austeridad, entre las que se incluyó la reducción del diez por ciento en los salarios de los consejeros electorales y mandos superiores del Instituto.

Si bien las medidas adoptadas por el INE fueron provocadas, en parte, por el golpeteo mediático del que fue presa durante varios días, en su momento se trató de un acto de sensibilidad y de corresponsabilidad como institución pública, ante un momento de crisis. De igual forma, puso la vara muy alta para que otras autoridades y dependencias de gobierno tomaran medidas similares, lo cual se replicó de forma aislada.

Sin embargo, tras la interposición de un recurso legal por parte de uno de los propios consejeros en contra de dicha medida, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó, de forma unánime, dar marcha atrás a la autorreducción salarial aprobada por la Junta General Ejecutiva del INE, argumentando que dicha instancia del Instituto carece de la competencia para determinar los sueldos de los consejeros electorales y otros funcionarios del Instituto.

Sin duda, ante los ojos del grueso de la ciudadanía, la sentencia del Tribunal es del todo impopular, por lo que resulta muy fácil centrar la atención en este revés legal. Sin embargo, debemos ser muy claros en que la reducción salarial no pasaba de ser un acto simbólico que buscaba de alguna forma, ponerse del lado de la gran mayoría de la población que vive con ingresos verdaderamente precarios.

Es importante subrayar que los ahorros para el erario público que podían resultar de esa medida en específico eran meramente significativos y que, sin duda, el resto de determinaciones en materia de austeridad ya puestas en marcha por el INE y que, dicho sea de paso, quedaron intocadas, son bastante más relevantes y con un impacto mucho más significativo, que lo que hubiera implicado la reducción de salarios.

Entre estas medidas se encuentra –por citar algunas– la suspensión de la construcción de un nuevo edificio con la consecuente devolución a la Tesorería de la Federación de los recursos ya aprobados y que habrían de destinarse a dicho proyecto, así como la reintegración a la Tesorería de los recursos no devengados durante el ejercicio fiscal, y de aquéllos que el Instituto obtenga tras la aplicación de multas y sanciones a partidos políticos.

Con todo, debe recalcarse que no quedó en el Instituto Nacional Electoral el tomar acciones para reducir los recursos públicos necesarios para su funcionamiento y ejercer de mejor manera los que le son asignados.

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