APorfirio Díaz se le reprochó que su último gabinete estuviese integrado por ancianos. La Revolución mexicana fue, entre muchas otras cosas, un cambio generacional. Francisco I. Madero tenía 38 años cumplidos cuando tomó posesión como presidente. A partir de entonces, los presidentes del período revolucionario fueron de edad madura, tirándole a jóvenes. Carranza, que parecía un hombre mayor, apenas tenía 60 años cuando murió en Tlaxcalaltongo. Y Ruiz Cortines, al que apodaban El Viejito, asumió el cargo cuando tenía 62 años. El Presidente López Obrador tenía 65 años cuando se colocó la banda presidencial el 1 de diciembre de 2018.
El artículo 82 de la Constitución señala que para ser Presidente de la República se deberá tener, por lo menos, 35 años al tiempo de la elección. Los constituyentes de 1917 pensaron que alguien menor de 35 años no tendría la experiencia y la responsabilidad para ocupar un cargo tan alto. Sin embargo, la Carta Magna no especifica una edad máxima para ser presidente. Por lo que respecta a los secretarios, la Constitución señala en su artículo 91 que deberán tener, por lo menos, 30 años al momento de su nombramiento.
La semana anterior, el Presidente nombró al Ing. Jorge Arganis Díaz-Leal secretario de Comunicaciones y Transportes. No conozco personalmente al Ing. Arganis, pero, por su currículum, veo que cuenta con una amplia experiencia en su ramo. No obstante, lo que más llamó la atención en la opinión pública fue su edad: en algún momento se dijo que tenía 90 años, aunque ahora se ha aclarado que tiene 77 años. En las redes sociales, que son de una crueldad brutal, se hizo todo tipo de bromas respecto a la edad del funcionario.
En varios artículos de esta columna, he criticado la discriminación que padecen los viejos en la sociedad contemporánea. Se asume que un viejo ya no debería tener responsabilidades, que tendría que quedarse en casa, sin hacer nada, dejando su lugar a los más jóvenes. A esta discriminación se le llama en inglés ageism y en español se le conoce como “edadismo”. La Constitución no señala una edad máxima para ser presidente o para ser secretario. No se puede decir, en términos legales, que alguien tenga “demasiados años” para un puesto. Es más, quienes negaran esa posibilidad, cometerían una violación de los derechos humanos del perjudicado.
Me parece que tendríamos que revisar las normas que ponen edades máximas para ocupar ciertos puestos públicos. Por ejemplo, la Ley Orgánica de la UNAM plantea que para ser designado Rector no se puede tener más de 70 años. ¿Por qué? Hay un refrán que dice que quien puede lo más puede lo menos. Si se puede gobernar a México a partir de los 70 años, ¿por qué no se podría comenzar a dirigir la UNAM a esa misma edad?