Privilegiar el debate público

SURCO

Obdulio Ávila La Razón de México

Hace una semana expuse que la ausencia de acuerdos publicados de comisiones del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) lesionaba el principio de máxima publicidad al que están obligadas las autoridades electorales.

La figura de la violencia política contra las mujeres en razón de género será muy utilizada en el proceso electoral en curso, para visibilizar la inequidad en el acceso a los cargos de elección popular, por parte de las que aspiran ellos.

También sería ingenuo no advertir que será una figura usada dolosamente en la contienda electoral para descalificar a un adversario. El viejo refrán: “Tizna, tizna, que algo quedará”, sigue siendo una máxima propagandística seguida por los amantes de la guerra sucia.

La imparcialidad, máxima publicidad y objetividad son principios constitucionales rectores de la función pública electoral. Por eso es crucial que la autoridades transparenten sus deliberaciones y determinaciones.

En el litigio entre Dolores Padierna y Alejandro Rojas, la primera obtuvo del IECM el dictado de medidas cautelares contra el segundo, por la presunta realización de violencia política en razón de género.

La consejera Erika Estrada Ruiz —firme convencida de la máxima publicidad— votó en contra de las medidas cautelaras, en primer término, porque el contenido de los materiales denunciados no implicaba la expresión de una relación de supra-subordinación de Padierna hacia el señor René Bejarano, sino que se encuadra en una crítica dura hacia ella y un grupo de personas.

La consejera Estrada analizó el caso con perspectiva de género, resaltando que los matrimonios políticos no constituyen propiamente una sociedad de pares, sino que replican las desigualdades existentes, en donde generalmente la mujer depende de la evolución de la carrera del hombre.

Sin embargo, señala que Alejandro Rojas lo que realiza es una ampliación de la critica individualizada hacia Dolores Padierna y la re-dirige hacia hechos concretos de su gestión como jefa delegacional en la Cuauhtémoc, sin que haga uso de expresiones que la denigren o descalifiquen con base en estereotipos de género.

Además, para la consejera, la crítica rebasa al matrimonio y refiere la existencia de un grupo de poder y no se hace indicación de ser la “esposa de”, sino de ser “pareja de”.

La segunda razón esgrimida por la consejera es que debe potenciarse el debate público y la libertad de expresión.

La diputada Padierna es una experimentada, comprometida y combativa integrante de la izquierda obradorista; privilegiada durante décadas en el reparto de posiciones de poder, por lo que quizá más que víctima es sólo usuaria de tácticas litigiosas de descalificación.

En el IECM le dieron la razón a Padierna, cabeza de la más poderosa corriente citadina del PRD, durante el gobierno de AMLO: la Izquierda Democrática Nacional.

La autoridad electoral debe permitir el escrutinio a la gestión pública o privada de los que aspiran a cargos de elección popular y no coartar el derecho a la información.

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